Ley Foral 16/2006, de 14 de diciembre, del Juego.
BOE-A-2007-2117 · Boletín Oficial del Estado, 2007-02-01 · Comunidad Foral de Navarra
Ley Foral 16/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley Foral 16/2006
- Fecha de la disposición
- 2006-12-14
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 28, 2007-02-01
- Entrada en vigor
- 2006-12-21
- Departamento
- Comunidad Foral de Navarra
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 62
- Identificador BOE
- BOE-A-2007-2117
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral del Juego.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Principios generales.
- Artículo 2 bis. Juego responsable.
- Artículo 2 ter. Medidas de prevención del juego problemático y patológico a realizar por las empresas de juegos y apuestas.
- Artículo 3. Catálogo de Juegos y Apuestas de Navarra.
- Artículo 4. Juegos y apuestas permitidos.
- Artículo 5. Juegos y apuestas prohibidos.
- Artículo 6. Materiales para la práctica de los juegos y apuestas.
- Artículo 7. Registro de Juegos y Apuestas de Navarra.
- Artículo 8. Planificación.
- Artículo 9. El Consejo del Juego de Navarra.
- Artículo 10. Publicidad del juego.
- Artículo 11. Relaciones con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
- Artículo 12. Autorización.
- Artículo 13. Otorgamiento o concesión de autorizaciones.
- Artículo 14. Régimen de las autorizaciones.
- Artículo 15. Garantías.
- Artículo 16. Inhabilitados para la organización y explotación del juego y las apuestas.
- Artículo 17. Juegos y apuestas.
- Artículo 18. Máquinas de juego.
- Artículo 19. Apuestas.
- Artículo 20. Loterías y juego de boletos.
- Artículo 21. Rifas y tómbolas.
- Artículo 22. Combinaciones aleatorias.
- Artículo 23. Lugares, locales y establecimientos.
- Artículo 24. Casinos.
- Artículo 25. Salas de bingo.
- Artículo 26. Salones de juego.
- Artículo 26 bis. Locales de apuestas deportivas.
- Artículo 26 ter. Terminales de apuestas en establecimientos de hostelería o similares.
- Artículo 27. Empresas de juego.
- Artículo 28. Obligaciones de comunicación.
- Artículo 29. Empresas que adopten forma societaria.
- Artículo 30. Requisitos del personal de las empresas de juego.
- Artículo 31. Derechos.
- Artículo 32. Prohibiciones relacionadas con la práctica del juego y el acceso a locales de juego.
- Artículo 33. Libro de reclamaciones.
- Artículo 34. Inspección del juego y de las apuestas.
- Artículo 35. Procedimientos de control.
- Artículo 36. Atribución y régimen sancionador.
- Artículo 37. Infracciones administrativas y clasificación.
- Artículo 38. Infracciones muy graves.
- Artículo 39. Infracciones graves.
- Artículo 40. Infracciones leves.
- Artículo 41. Sujetos responsables de las infracciones.
- Artículo 42. Sanciones.
- Artículo 43. Otras sanciones accesorias.
- Artículo 44. Graduación de la sanción.
- Artículo 45. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 46. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 47. Inscripción de infracciones y sanciones impuestas.
- Artículo 48. Medidas cautelares o preventivas.
- Artículo 49. Infracciones penales.
- Disposición adicional única. Géneros o efectos estancados.
- Disposición adicional primera. Géneros o efectos estancados.
- Disposición adicional segunda. Subvenciones públicas.
- Disposición transitoria primera. Validez de las vigentes autorizaciones.
- Disposición transitoria segunda. Procedimientos sancionadores en tramitación.
- Disposición transitoria tercera. Suspensión.
- Disposición derogatoria única. Régimen de derogaciones.
- Disposición final primera. Habilitación reglamentaria y de ejecución.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (9)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. |
| Deroga | la Ley Foral 11/1989, de 27 de junio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley Foral 16/2006?
- Ley Foral 16/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley Foral 16/2006?
- El BOE registra 9 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley Foral 16/2006?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.