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Ley Foral Vigente

Artículo 45. Prescripción de las infracciones.

Artículo 45 de la Ley Foral 16/2006, de 14 de diciembre, del Juego. · BOE-A-2007-2117

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-21.

Texto consolidado

1. Las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses.

2. El plazo de prescripción empezará a contar desde el día de la comisión de la infracción y se interrumpirá con la iniciación del procedimiento sancionador con conocimiento del interesado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-21.

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