Artículo 35. Procedimientos de control.
Artículo 35 de la Ley Foral 16/2006, de 14 de diciembre, del Juego. · BOE-A-2007-2117
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-21.
Texto consolidado
Sin perjuicio del cumplimiento de lo establecido en la legislación relativa a la protección de datos personales, las medidas de control que puedan establecerse para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley Foral y en su normativa de desarrollo podrán complementarse con la transmisión de datos a través de conexiones informáticas o telemáticas.