Ley 9/2014, de 23 de octubre, de Apoyo a las Familias de Aragón.
BOE-A-2014-11994 · Boletín Oficial del Estado, 2014-11-20 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 9/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Ley 9/2014, de 23 de octubre, de Apoyo a las Familias de Aragón regula el apoyo integral a las familias en esta comunidad autónoma. Aplica a todas las familias empadronadas en Aragón, incluyendo matrimonios, parejas estables, familias monoparentales y aquellas con personas dependientes a su cargo, entre otros, desde su entrada en vigor en 2014.
Los puntos clave de esta ley incluyen el reconocimiento de la familia como unidad básica de la sociedad, la promoción de la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral, y la implementación de medidas específicas para familias en situación de vulnerabilidad. Se establecen derechos y obligaciones como el acceso a recursos y servicios que faciliten la educación, la vivienda y el empleo, así como la creación de programas de apoyo a la maternidad y a la parentalidad positiva. Además, se contempla la necesidad de evaluar anualmente la aplicación de la ley para garantizar su efectividad y adaptabilidad a las necesidades cambiantes de las familias aragonesas.
La ley no está derogada y sigue en vigor, constituyendo un marco legal importante para la protección y apoyo a las familias en Aragón.
Datos clave
- Rango
- Ley 9/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-10-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 281, 2014-11-20
- Entrada en vigor
- 2014-11-06
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 66
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-11994
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En nombre del Rey y como Presidenta de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Principios rectores.
- Artículo 4. Objetivos.
- Artículo 5. Principios.
- Artículo 6. Sensibilización.
- Artículo 7. Contratación.
- Artículo 8. Subvenciones.
- Artículo 9. Actuaciones en materia educativa.
- Artículo 10. Sector privado.
- Artículo 11. Sector público.
- Artículo 12. Teletrabajo.
- Artículo 13. Servicios sociales.
- Artículo 14. Medidas en materia de vivienda.
- Artículo 15. Medidas en materia de empleo.
- Artículo 16. Medidas en materia de educación.
- Artículo 17. Medidas en materia de cultura, deporte, ocio y tiempo libre.
- Artículo 18. Medidas en materia de servicios sociales.
- Artículo 19. Medidas en materia de servicios sanitarios.
- Artículo 20. Colaboración sociosanitaria.
- Artículo 21. Medidas en materia de nuevas tecnologías.
- Artículo 22. Medidas en materia de consumo.
- Artículo 23. Medidas en materia de turismo.
- Artículo 24. Principios generales.
- Artículo 25. Impuestos cedidos a la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Artículo 26. Tasas y precios públicos.
- Artículo 27. Ayudas de integración familiar.
- Artículo 28. Ingreso Aragonés de Inserción.
- Artículo 29. Ayudas de urgencia.
- Artículo 30. Prestaciones por cuidado de dependientes.
- Artículo 31. Ayudas por parto o adopción múltiple.
- Artículo 32. Compensaciones por acogimiento familiar no preadoptivo.
- Artículo 33. Otras prestaciones.
- Artículo 34. Perspectiva de familia.
- Artículo 35. Elaboración de disposiciones normativas y estudio de impacto familiar.
- Artículo 36. Información.
- Artículo 37. Órganos de participación.
- Artículo 38. Funciones de la Comisión Interdepartamental de Familia.
- Artículo 39. Composición de la Comisión Interdepartamental de Familia.
- Artículo 40. Periodicidad.
- Artículo 41. Medios de comunicación.
- Artículo 42. Asociacionismo familiar.
- Artículo 43. Concepto.
- Artículo 44. Grupos de familias de especial consideración.
- Artículo 45. Familias numerosas.
- Artículo 46. Familias monoparentales.
- Artículo 47. Familias con personas mayores a cargo.
- Artículo 48. Familias con personas con discapacidad.
- Artículo 49. Familias con personas dependientes a cargo.
- Artículo 50. Familias en situación de vulnerabilidad.
- Artículo 51. Principios.
- Artículo 52. Derecho al embarazo y la maternidad.
- Artículo 53. Asistencia y asesoramiento.
- Artículo 54. Prioridad de atención a mujeres embarazadas en situación de vulnerabilidad.
- Artículo 55. Protección a las menores.
- Artículo 56. Confidencialidad.
- Artículo 57. Colaboración.
- Artículo 58. Puntos de lactancia.
- Disposición adicional primera. Referencia de género.
- Disposición adicional segunda. Asimilación a descendientes.
- Disposición adicional tercera. Evaluación de su aplicación.
- Disposición adicional cuarta. Bonificaciones fiscales.
- Disposición adicional quinta. Partidas presupuestarias.
- Disposición final primera. Habilitación al Gobierno de Aragón.
- Disposición final segunda. Habilitación al Departamento.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 9/2014?
- Ley 9/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 9/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.