Artículo 55. Protección a las menores.
Artículo 55 de la Ley 9/2014, de 23 de octubre, de Apoyo a las Familias de Aragón. · BOE-A-2014-11994
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-11-06.
Texto consolidado
Se prestará especial atención a la embarazada menor de edad, que tendrá derecho a una asistencia específica, incluyendo, al menos, las siguientes prestaciones:
1. Formación y asesoramiento en relaciones y valores afectivo-sexuales.
2. Formación para el desarrollo de la parentalidad positiva.
3. Apoyo psicológico antes y después del parto.
4. Atención singular en el centro escolar para adecuar el programa curricular a sus circunstancias particulares, durante el proceso de gestación y posteriormente.