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Ley Vigente

Artículo 25. Impuestos cedidos a la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 25 de la Ley 9/2014, de 23 de octubre, de Apoyo a las Familias de Aragón. · BOE-A-2014-11994

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-11-06.

Texto consolidado

1. El Gobierno de Aragón impulsará la adopción de beneficios fiscales en los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, para las familias aragonesas, especialmente para aquellas definidas como de especial consideración.

2. Los beneficios fiscales tendrán como objetivos socioeconómicos prioritarios el acceso a la vivienda habitual, la protección y el fomento de la natalidad, la conciliación de la vida familiar y laboral y la creación y mantenimiento de empresas familiares, entre otros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-11-06.

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