Artículo 4. Objetivos.
Artículo 4 de la Ley 9/2014, de 23 de octubre, de Apoyo a las Familias de Aragón. · BOE-A-2014-11994
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-11-06.
Texto consolidado
Son objetivos de las políticas públicas de apoyo a la familia en Aragón:
a) Reconocer a la familia como unidad social básica, como agente integrador, educador y estabilizador y como instrumento de cohesión social, y fomentar su reconocimiento social.
b) Crear las condiciones necesarias que permitan el desarrollo familiar.
c) Garantizar una política coordinada e integral de atención a la familia en las actuaciones gestionadas por el Gobierno de Aragón para mejorar su calidad de vida y dar cobertura a sus necesidades básicas.
d) Promover la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral, facilitando tanto el desarrollo individual de la persona como el de su entorno familiar.
e) Establecer actuaciones que permitan potenciar la igualdad de participación y oportunidades a las familias definidas en esta ley como de especial consideración.
f) Promover la solidaridad intergeneracional e intrageneracional.
g) Crear las condiciones necesarias para el fomento del ejercicio positivo de la parentalidad.