Ley 9/2005, de 21 de junio, de cooperación para el desarrollo.
BOE-A-2005-12949 · Boletín Oficial del Estado, 2005-07-28 · Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Ley 9/2005 está derogada desde el 2023-03-31: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 9/2005
- Fecha de la disposición
- 2005-06-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 179, 2005-07-28
- Entrada en vigor
- 2005-07-01
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2023-03-31
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 57
- Identificador BOE
- BOE-A-2005-12949
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey, y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 27.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Valores que fundamentan las actuaciones de cooperación para el desarrollo.
- Artículo 4. Finalidades de las actuaciones de cooperación para el desarrollo.
- Artículo 5. Principios ordenadores de las políticas de cooperación para el desarrollo.
- Artículo 6. Vinculación.
- Artículo 7. Prioridades.
- Artículo 8. Prioridades geográficas.
- Artículo 9. Prioridades sectoriales.
- Artículo 10. Prioridades sociales.
- Artículo 11. Prioridades transversales.
- Artículo 12. Planificación de la cooperación para el desarrollo.
- Artículo 13. El plan director.
- Artículo 14. Los planes anuales.
- Artículo 15. Evaluación de las acciones, de los proyectos y de los programas de cooperación para el desarrollo.
- Artículo 16. Seguimiento de los instrumentos de planificación de la cooperación para el desarrollo de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 17. Modalidades de la cooperación para el desarrollo.
- Artículo 18. Instrumentos de la cooperación para el desarrollo.
- Artículo 19. Definición de los instrumentos de cooperación para el desarrollo.
- Artículo 20. Medios para hacer efectivos los instrumentos de cooperación para el desarrollo.
- Artículo 21. Coordinación de la política para el desarrollo de la Administración de la comunidad autónoma.
- Artículo 22. Atribuciones del Parlamento de las Illes Balears.
- Artículo 23. Atribuciones del Consejo de Gobierno de les Illes Balears.
- Artículo 24. Atribuciones del consejero competente en materia de cooperación para el desarrollo.
- Artículo 25. Atribuciones del órgano directivo competente en materia de cooperación para el desarrollo.
- Artículo 26. Comisión Interdepartamental de Cooperación para el Desarrollo.
- Artículo 27. Consejo de Cooperación para el Desarrollo de las Illes Balears.
- Artículo 28. Comisión de Coordinación de los Entes Territoriales de las Illes Balears en materia de Cooperación para el Desarrollo.
- Artículo 29. Agentes de la cooperación para el desarrollo.
- Artículo 30. Condiciones para actuar en el ámbito de la cooperación para el desarrollo en las Illes Balears.
- Artículo 31. Organizaciones no gubernamentales para el desarrollo establecidas en las Illes Balears.
- Artículo 32. Promoción de la educación para el desarrollo y de la sensibilización de la población.
- Artículo 33. Disposición general.
- Artículo 34. Los cooperantes voluntarios.
- Artículo 35. Los cooperantes remunerados.
- Artículo 36. El personal de la cooperación para el desarrollo.
- Artículo 37. Participación del personal de la comunidad autónoma en programas y proyectos propios.
- Artículo 38. Participación del personal de la comunidad autónoma en programas y proyectos financiados con fondos públicos de la comunidad autónoma.
- Artículo 39. Contratación externa.
- Artículo 40. Recursos para la cooperación al desarrollo.
- Artículo 41. Gastos con alcance plurianual.
- Artículo 42. Ayudas y subvenciones.
- Artículo 43. Pago anticipado de subvenciones.
- Disposición adicional primera. Aportación a las instituciones que integran o a las organizaciones que representan a los entes locales de las Illes.
- Disposición adicional segunda. Presentación en el Parlamento de las Illes Balears del primer proyecto de plan director.
- Disposición adicional tercera. Creación de la estructura organizativa adecuada a la política de cooperación para el desarrollo.
- Disposición adicional cuarta. Fomento del voluntariado para la cooperación al desarrollo y la solidaridad internacional.
- Disposición adicional quinta. Fomento de la formación en materia de cooperación para el desarrollo.
- Disposición adicional sexta. Normas especiales reguladoras de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo y solidaridad.
- Disposición adicional séptima. Fomento de las iniciativas de las personas inmigradas.
- Disposición adicional octava.
- Disposición adicional novena.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda. Vigencia del Decreto 128/2000.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de erratas | en BOIB num. 111 de 26 de julio de 2005 |
| Se deroga | el art. 43, por Ley 9/2011, de 23 de diciembre |
| Se deroga | Ley 8/2023, de 27 de marzo, de cooperación para la transformación global. |
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo. |
| De conformidad con | el art. 27.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 9/2005?
- Ley 9/2005 está derogada desde el 2023-03-31: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 9/2005?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 9/2005?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.