Disposición adicional segunda. Presentación en el Parlamento de las Illes Balears del primer proyecto de plan director.
Disposición adicional segunda de la Ley 9/2005, de 21 de junio, de cooperación para el desarrollo. · BOE-A-2005-12949
Atención: Ley 9/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Gobierno de las Illes Balears, en el plazo máximo de nueve meses a partir de la entrada en vigor de esta Ley, aprobará la formulación definitiva del proyecto de plan director y lo enviará al Parlamento para que delibere y, si corresponde, lo apruebe.
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