Disposición transitoria segunda. Vigencia del Decreto 128/2000.
Disposición transitoria segunda de la Ley 9/2005, de 21 de junio, de cooperación para el desarrollo. · BOE-A-2005-12949
Atención: Ley 9/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Mientras no se establezca el desarrollo reglamentario de esta ley, y en todo aquello que no la contradiga, estará vigente el Decreto 128/2000, de 8 de septiembre, por el cual se crea el Consejo de Cooperación al Desarrollo de las Illes Balears.