Ley 5/2019, de 28 de febrero, de estructuras agrarias de la Comunitat Valenciana.
BOE-A-2019-4086 · Boletín Oficial del Estado, 2019-03-21 · Comunitat Valenciana
Ley 5/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-09-17.
Resumen
La Ley 5/2019, de 28 de febrero, regula las estructuras agrarias en la Comunitat Valenciana, con el objetivo de mejorar la viabilidad y sostenibilidad del sector agrario. Esta norma se aplica a todas las personas y entidades que operan en el ámbito agrario de la Comunitat Valenciana desde su entrada en vigor.
Entre los puntos clave, la ley establece la creación de la Red de Tierras, que facilitará la gestión y el uso de parcelas agrarias, promoviendo su movilidad y evitando su infrautilización. También se introducen incentivos fiscales significativos, como una bonificación del 99% en el impuesto de transmisiones patrimoniales para las transmisiones de parcelas agrarias, lo que busca facilitar el acceso a la tierra, especialmente para jóvenes y mujeres. Además, se promueve la reestructuración parcelaria para consolidar explotaciones agrarias viables y se establece un marco para la creación de iniciativas de gestión en común, que permitirán a los agricultores agrupar sus recursos y mejorar su rentabilidad.
La ley deroga la anterior Ley 8/2002, de modernización de explotaciones, y busca ofrecer un marco más adaptado a las necesidades actuales del sector agrario valenciano.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-02-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 69, 2019-03-21
- Entrada en vigor
- 2019-03-07
- Departamento
- Comunitat Valenciana
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-09-17
- Artículos
- 121
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-4086
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos y todas las ciudadanas que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del rey, promulgo la siguiente Ley:
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Objetivos.
- Artículo 3. Actuaciones prioritarias.
- Artículo 4. Definiciones.
- Artículo 5. Agente dinamizador.
- Artículo 6. Reconocimiento.
- Artículo 7. Actuaciones en suelo no urbanizable con valores agrarios y rurales.
- Artículo 7 bis. Certificación de verificación documental.
- Artículo 8. Informe previo.
- Artículo 9. Excepciones.
- Artículo 10. Criterios de evaluación.
- Artículo 11. Definición de suelo agrario infrautilizado.
- Artículo 12. Declaración y alternativas.
- Artículo 13. Declaración y efectos del incumplimiento de la función social de la tierra.
- Artículo 14. Suelo infrautilizado y Red de Tierras.
- Artículo 15. Disposiciones generales.
- Artículo 16. Información contenida en el Mapa Agronómico.
- Artículo 17. Contenido de los planes.
- Artículo 18. Delimitación y funciones del parque agrario.
- Artículo 19. Medidas de fomento.
- Artículo 20. Registro de parques agrarios de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 21. Definición.
- Artículo 22. Funciones de la Red de Tierras.
- Artículo 23. Oficinas gestoras de la Red de Tierras (OGR).
- Artículo 24. Registro de la OGR.
- Artículo 25. Servicios a prestar por las OGR.
- Artículo 26. Responsabilidades de gestión por las OGR.
- Artículo 27. Destino de las parcelas integrantes de las OGR.
- Artículo 28. Publicidad de las parcelas integrantes de la Red de Tierras.
- Artículo 29. De la comprobación y control de parcelas.
- Artículo 30. Encargo de intermediación a la oficina gestora.
- Artículo 31. Tasas y precio de los servicios.
- Artículo 32. Bonificaciones fiscales de las transmisiones y arrendamientos.
- Artículo 33. Garantías a la persona titular de la finca.
- Artículo 34. Definición de IGC.
- Artículo 35. Reconocimiento y registro.
- Artículo 36. Promoción de proyectos en IGC.
- Artículo 37. Finalidad de la reestructuración parcelaria.
- Artículo 38. Objeto de la reestructuración parcelaria.
- Artículo 39. Tipos de reestructuración parcelaria.
- Artículo 40. Tipos de procedimiento.
- Artículo 41. Colaboración entre administraciones.
- Artículo 42. Comunicación de actuaciones.
- Artículo 43. Iniciación de oficio de la reestructuración parcelaria pública.
- Artículo 44. Iniciación a solicitud de los interesados de la reestructuración parcelaria pública.
- Artículo 45. Iniciativa de reestructuración parcelaria privada.
- Artículo 46. Iniciativa de reestructuración por medio de permutas voluntarias de parcelas.
- Artículo 47. Principio de colaboración.
- Artículo 48. Promoción de iniciativas de gestión en común en la reestructuración parcelaria.
- Artículo 49. Integración ambiental.
- Artículo 50. Aspectos generales.
- Artículo 51. Comisiones locales.
- Artículo 52. Grupo auxiliar de trabajo.
- Artículo 53. Del presupuesto de los procesos de reestructuración parcelaria.
- Artículo 54. Disposición general.
- Artículo 55. Estudio de viabilidad.
- Artículo 56. Decreto por el que se acuerda el inicio del procedimiento de reestructuración parcelaria.
- Artículo 57. Perímetro de la reestructuración.
- Artículo 58. Obligaciones de las personas beneficiarias de la reestructuración.
- Artículo 59. Investigación de la propiedad.
- Artículo 60. Aprobación de bases provisionales.
- Artículo 61. Contenido de las bases de reestructuración parcelaria.
- Artículo 62. Firmeza de las bases de reestructuración parcelaria.
- Artículo 63. Proyecto de reordenación.
- Artículo 64. Acuerdo de reordenación parcelaria.
- Artículo 65. Acta de reordenación de la propiedad.
- Artículo 66. Masa común.
- Artículo 67. Fincas de personas desconocidas.
- Artículo 68. Circunstancias y etapas.
- Artículo 69. Procedimiento especial para reestructuración parcelaria privada.
- Artículo 70. Responsabilidades de la agrupación promotora de la reestructuración privada.
- Artículo 71. Procedimiento especial de reestructuración parcelaria a través de permutas voluntarias.
- Artículo 72. Entrega y conservación.
- Artículo 73. Financiación de la reestructuración parcelaria pública.
- Artículo 74. Financiación de la reestructuración parcelaria privada.
- Artículo 75. Incentivos fiscales durante los procesos de reestructuración pública y privada.
- Artículo 76. Definición.
- Artículo 77. Indivisión.
- Artículo 78. Excepciones.
- Artículo 79. Disposiciones generales.
- Artículo 80. Reducciones de la base imponible en adquisiciones por causa de muerte.
- Artículo 81. Reducciones en la base imponible en adquisiciones lucrativas inter vivos.
- Artículo 82. Transmisiones y arrendamientos de terrenos con vocación agraria.
- Artículo 83. Agrupaciones de parcelas con vocación agraria.
- Artículo 84. Criterios competenciales.
- Artículo 85. Coordinación con órganos estatales.
- Artículo 86. Conformidad con la planificación hidrológica.
- Artículo 87. Supuestos previos.
- Artículo 88. Obras clasificadas de interés general.
- Artículo 89. Financiación de obras de interés general.
- Artículo 89 bis. Estrategias o planes directores de regadíos de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 90. Planes de obras, Estrategias o Planes Directores.
- Artículo 91. Riegos de apoyo a cultivos por razones sociales.
- Artículo 92. Entrega de obras.
- Artículo 93. Disposiciones generales.
- Artículo 94. Medidas de fomento.
- Artículo 95. Disposición general.
- Artículo 96. Mejora de las infraestructuras municipales.
- Artículo 97. Obras de infraestructura para la promoción de iniciativas de gestión en común.
- Artículo 98. Apoyo a las energías renovables.
- Artículo 99. Deber de conservación y mantenimiento.
- Artículo 100. Devolución de ayudas.
- Artículo 101. Obligaciones legales.
- Artículo 102. Inspección.
- Artículo 103. Tipificación de infracciones.
- Artículo 104. Infracciones en el suministro de información.
- Artículo 105. Infracciones en materia de reestructuración parcelaria.
- Artículo 106. Infracciones en materia de suelo agrario infrautilizado.
- Artículo 107. Cuantía de las sanciones.
- Artículo 108. Graduación de las sanciones.
- Artículo 109. Procedimiento y órganos competentes.
- Artículo 110. Reparación del daño e indemnización.
- Artículo 111. Ejecución forzosa.
- Disposición adicional primera. Protección de datos.
- Disposición adicional segunda. Beneficios Fiscales.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de los procedimientos.
- Disposición transitoria segunda. Procedimientos de concentración parcelaria.
- Disposición derogatoria única. Derogaciones normativas.
- Disposición final primera. De la normativa de aplicación.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Normas que la modifican o afectan (9)
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/2019?
- Ley 5/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-09-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/2019?
- El BOE registra 9 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.