Artículo 26. Responsabilidades de gestión por las OGR.
Artículo 26 de la Ley 5/2019, de 28 de febrero, de estructuras agrarias de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-4086
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-07.
Texto consolidado
Se gestionarán por las OGR:
a) Las parcelas incorporadas a la OGR por la persona titular de las mismas, conforme a las condiciones establecidas en el encargo de mediación a la oficina gestora.
b) Los encargos de intermediación y gestión de las administraciones públicas en los términos y condiciones previstos en las leyes.