Artículo 20. Registro de parques agrarios de la Comunitat Valenciana.
Artículo 20 de la Ley 5/2019, de 28 de febrero, de estructuras agrarias de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-4086
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-07.
Texto consolidado
Para el adecuado cumplimiento de los objetivos de la ley y de acuerdo con la naturaleza y funciones de los parques agrarios, la conselleria competente en materia de agricultura creará un registro de parques agrarios de la Comunitat Valenciana para definir estrategias y líneas de trabajo comunes y compartir recursos y experiencias.