Artículo 30. Encargo de intermediación a la oficina gestora.
Artículo 30 de la Ley 5/2019, de 28 de febrero, de estructuras agrarias de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-4086
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-07.
Texto consolidado
Las personas titulares de parcelas ubicadas en la Comunitat Valenciana, de acuerdo con la legislación civil aplicable, podrán encargar a la OGR, previa aceptación expresa por parte de esta, la intermediación con terceras personas con la finalidad de alcanzar la cesión del uso y aprovechamiento de las parcelas de las que sean titulares.