Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020.
BOE-A-2020-2113 · Boletín Oficial del Estado, 2020-02-13 · Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Ley 10/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-06.
Datos clave
- Rango
- Ley 10/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-12-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 38, 2020-02-13
- Entrada en vigor
- 2020-01-01
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-06
- Artículos
- 104
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-2113
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las Cortes de Castilla-La Mancha, han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- Artículo 2. Aprobación de los estados de gastos e ingresos de los sujetos relacionados en el artículo 1.1, letras a), b), c) y d).
- Artículo 3. Financiación de los créditos aprobados en el artículo 2.
- Artículo 4. Aprobación de los presupuestos de explotación y capital de los sujetos relacionados en el artículo 1.1, letras e) y f).
- Artículo 5. Beneficios fiscales y sobre determinados precios públicos.
- Artículo 6. Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
- Artículo 7. Disponibilidad de los créditos.
- Artículo 8. Fondo de Contingencia.
- Artículo 9. Limitación y vinculación de los créditos.
- Artículo 10. Principios generales de las modificaciones de los créditos presupuestarios.
- Artículo 11. Normas específicas sobre las modificaciones de crédito que afecten a los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo.
- Artículo 12. Créditos ampliables.
- Artículo 13. Normas específicas sobre transferencias de crédito.
- Artículo 14. Imputaciones de crédito.
- Artículo 15. Generación de créditos.
- Artículo 16. Generación de crédito en el ámbito de los fondos europeos agrícolas.
- Artículo 17. Competencias en materia de modificaciones presupuestarias.
- Artículo 18. Adaptaciones técnicas del presupuesto.
- Artículo 19. Anticipos de tesorería.
- Artículo 20. Régimen de autorización de gastos de los órganos de la Administración regional, organismos autónomos y entidades públicas.
- Artículo 21. Expedientes con repercusión presupuestaria para ejercicios futuros.
- Artículo 22. Régimen presupuestario del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
- Artículo 23. Modificación de los presupuestos de explotación y de capital.
- Artículo 24. Régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo.
- Artículo 25. Seguimiento y control de los encargos realizados a sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, y de los convenios en los que participen.
- Artículo 26. Aportaciones a empresas, fundaciones y consorcios.
- Artículo 27. Actuaciones de emergencia ciudadana.
- Artículo 28. Limitación de modificaciones presupuestarias.
- Artículo 29. Régimen de ordenación de pagos.
- Artículo 30. Normas específicas sobre créditos con financiación afectada.
- Artículo 31. Libramiento de los créditos de las Cortes de Castilla-La Mancha.
- Artículo 32. Libramiento de los créditos correspondientes a transferencias para organismos autónomos, otros entes públicos y subvenciones nominativas.
- Artículo 33. Creación y participación en fundaciones y consorcios.
- Artículo 34. Información de la ejecución presupuestaria.
- Artículo 35. Liquidación presupuestaria.
- Artículo 36. Disposición general sobre las retribuciones del personal del sector público regional.
- Artículo 37. Retribuciones de los altos cargos.
- Artículo 38. Norma específica sobre retribuciones de cargos directivos en los entes instrumentales.
- Artículo 39. Régimen retributivo del personal sometido al régimen administrativo y estatutario al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha …
- Artículo 40. Retribuciones de los funcionarios interinos y del personal eventual.
- Artículo 41. Norma específica sobre retribuciones del personal laboral.
- Artículo 42. Norma específica sobre retribuciones del personal de las instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
- Artículo 43. Control de los costes del personal al servicio del sector público en el ámbito de la negociación.
- Artículo 44. Requisitos para la determinación o modificación de las condiciones de trabajo y modificaciones de plantilla.
- Artículo 45. Plantilla presupuestaria.
- Artículo 46. Limitación del aumento de gastos de personal.
- Artículo 47. Relaciones de puestos de trabajo.
- Artículo 48. Oferta de empleo público.
- Artículo 49. Nombramientos de personal funcionario interino y estatutario temporal y contratación de personal laboral temporal en el ámbito del sector público regional.
- Artículo 50. Nombramiento de personal funcionario interino para la realización de programas temporales.
- Artículo 51. Normas específicas de gestión del personal docente.
- Artículo 52. Normas específicas de gestión del personal del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
- Artículo 53. Anticipos de retribuciones.
- Artículo 54. Prohibición de ingresos atípicos.
- Artículo 55. Indemnizaciones por razón del servicio.
- Artículo 56. Módulo económico de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados.
- Artículo 57. Financiación de centros concertados.
- Artículo 58. Financiación de los servicios de orientación educativa.
- Artículo 59. Financiación de enseñanzas regladas no obligatorias.
- Artículo 60. Normas específicas en materia de retribuciones de personal docente de centros concertados.
- Artículo 61. Fijación de la ratio profesor/unidad concertada.
- Artículo 62. Aplicación de medidas de mantenimiento de empleo en centros concertados y aplicación del contrato de relevo.
- Artículo 63. Autorización de los costes de personal de la Universidad de Castilla-La Mancha.
- Artículo 64. Operaciones de crédito a largo plazo.
- Artículo 65. Otras operaciones financieras.
- Artículo 66. Autorización relativa a las operaciones de crédito del sector público regional.
- Artículo 67. Información al Consejo de Gobierno.
- Artículo 68. Avales.
- Artículo 69. Tipos de gravamen del canon de aducción y del canon de depuración.
- Artículo 70. Afectación de los ingresos obtenidos por la recaudación del Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente.
- Artículo 71. Afectación de los recursos procedentes de la recaudación del canon eólico.
- Artículo 72. Actualización de las tasas.
- Disposición adicional primera. Desconcentración y delegación de competencias.
- Disposición adicional segunda. Porcentajes de gastos generales de estructura en los contratos de obra.
- Disposición adicional tercera. Sustitución de la fiscalización previa por el control financiero permanente.
- Disposición adicional cuarta. Acceso de la Intervención General a informes de auditorías.
- Disposición adicional quinta. Fiscalización de expedientes tramitados por medios informáticos, electrónicos o telemáticos.
- Disposición adicional sexta. Auditorías.
- Disposición adicional séptima. Encargos a sujetos considerados medios propios de la Administración regional, de sus organismos autónomos y entidades públicas.
- Disposición adicional octava. Reordenación del sector público.
- Disposición adicional novena. Contratos de alta dirección.
- Disposición adicional décima. Contratación de personal en las empresas, fundaciones y consorcios pertenecientes al sector público regional.
- Disposición adicional undécima. Garantía retributiva.
- Disposición adicional duodécima. Enseñanza en régimen de concierto.
- Disposición adicional decimotercera. Convenios con Corporaciones Locales en materia de educación.
- Disposición adicional decimocuarta. Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las universidades de titularidad pública de Castilla-La Mancha.
- Disposición adicional decimoquinta. Reserva de contratos a centros especiales de empleo de iniciativa social y empresas de inserción.
- Disposición adicional decimosexta. Información a las Cortes de Castilla-La Mancha sobre la situación y estado de tramitación de las actuaciones de emergencia ciudadana a las que…
- Disposición adicional decimoséptima. Habilitación al Consejo de Gobierno para la declaración de nuevas actuaciones de emergencia ciudadana.
- Disposición adicional decimoctava. Gestión de los créditos procedentes de la asignación para fines sociales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Disposición adicional decimonovena. Crédito presupuestario destinado al porcentaje cultural en Castilla-La Mancha.
- Disposición adicional vigésima. Contrataciones temporales de personal investigador laboral y de personal técnico de apoyo a proyectos de investigación en el Instituto Regional d…
- Disposición adicional vigesimoprimera. Medios electrónicos de pago.
- Disposición adicional vigesimosegunda. Contratación relativa a campañas de divulgación o promoción institucional.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 3/2000, de 26 de mayo, de creación del Ente Público de Radio– Televisión de Castilla-La Mancha.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 12/2002, de 27 de junio, Reguladora del Ciclo Integral del Agua de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 11/2012, de 21 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de la Junta de Comunidades de Castilla-L…
- Disposición final cuarta. Modificación del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
- Disposición final quinta. Modificación del Decreto 179/2002, de 17 de diciembre, de desarrollo del ingreso mínimo de solidaridad, ayudas de emergencia social y prestaciones econ…
- Disposición final sexta. Modificación de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, de Reordenación del Sector Público de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- Disposición final séptima. Retribuciones de personal.
- Disposición final octava. Desarrollo de la presente ley.
- Disposición final novena. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (8)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 10/2019?
- Ley 10/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-06.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 10/2019?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 10/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.