Artículo 27. Actuaciones de emergencia ciudadana.
Artículo 27 de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020. · BOE-A-2020-2113
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-01-01.
Texto consolidado
1. Lo dispuesto en el presente capítulo será de aplicación a las actuaciones de emergencia ciudadana que, en ejercicio de sus competencias, sean llevadas a cabo por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus entidades y organismos dependientes, destinadas a garantizar a las personas los recursos económicos y sociales mínimos para la convivencia en condiciones de dignidad e igualdad.
2. Tendrán la consideración de actuaciones de emergencia ciudadana las incluidas en el anexo V, así como aquellas que puedan ser declaradas como tales en el futuro, por razones de interés público.