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Ley Vigente

Artículo 38. Norma específica sobre retribuciones de cargos directivos en los entes instrumentales.

Artículo 38 de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2020. · BOE-A-2020-2113

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-01-01.

Texto consolidado

Conforme a lo dispuesto en el artículo 8.j) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, las retribuciones de los presidentes, directores generales, gerentes y otros cargos directivos análogos de los organismos autónomos, empresas, fundaciones y demás entidades del sector público regional, tanto si han accedido al cargo por nombramiento, como si lo han hecho a través de un contrato laboral o mercantil, serán autorizadas por la consejería competente en materia de hacienda.

Con carácter previo a la autorización de esas retribuciones, así como de las indemnizaciones a que pudiera haber lugar, se emitirá informe por la dirección general competente en materia de presupuestos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-01-01.

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