Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears.
BOE-A-2022-9385 · Boletín Oficial del Estado, 2022-06-08 · Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Ley 1/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-03-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 136, 2022-06-08
- Entrada en vigor
- 2022-03-18
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 206
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-9385
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
LA PRESIDENTA DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Derecho a la educación.
- Artículo 3. Principios generales, pedagógicos y organizativos.
- Artículo 4. Ordenación general del sistema educativo.
- Artículo 5. Estructura de la educación infantil.
- Artículo 6. Objetivos y principios de la educación infantil.
- Artículo 7. Regulación del primer ciclo de educación infantil.
- Artículo 8. Regulación del segundo ciclo de educación infantil.
- Artículo 9. Estructura de la educación básica.
- Artículo 10. Objetivos y principios de la educación básica.
- Artículo 11. Estructura de la educación primaria.
- Artículo 12. Objetivos y características de la educación primaria.
- Artículo 13. Estructura de la educación secundaria obligatoria.
- Artículo 14. Objetivos y características de la educación secundaria obligatoria.
- Artículo 15. Evaluación y promoción en la educación secundaria obligatoria.
- Artículo 16. Estructura del bachillerato.
- Artículo 17. Objetivos y características del bachillerato.
- Artículo 18. Evaluación del bachillerato.
- Artículo 19. Oferta formativa del bachillerato.
- Artículo 20. Objeto y ámbito de la formación profesional.
- Artículo 21. Finalidades del sistema integrado de formación profesional.
- Artículo 22. Formación profesional inicial.
- Artículo 23. Formación profesional para el empleo.
- Artículo 24. Oferta de formación profesional.
- Artículo 25. Flexibilización de la formación profesional.
- Artículo 26. Instalaciones y equipamientos docentes.
- Artículo 27. Orientación académica y profesional.
- Artículo 28. Calidad de la formación profesional.
- Artículo 29. Reconocimiento de las competencias profesionales.
- Artículo 30. Finalidades y ámbitos de la educación de personas adultas.
- Artículo 31. Acceso a la educación permanente de personas adultas.
- Artículo 32. Centros de educación permanente de personas adultas.
- Artículo 33. Colaboración con los ayuntamientos y los consejos insulares en la educación permanente de personas adultas.
- Artículo 34. Características de las enseñanzas de régimen especial.
- Artículo 35. Enseñanzas de idiomas.
- Artículo 36. Enseñanzas artísticas.
- Artículo 37. Enseñanzas deportivas.
- Artículo 38. Características y objetivos de las enseñanzas artísticas superiores.
- Artículo 39. Estructura de las enseñanzas artísticas superiores.
- Artículo 40. Objetivos y características de la colaboración.
- Artículo 41. Colaboración con los consejos insulares.
- Artículo 42. Colaboración con los ayuntamientos.
- Artículo 43. Articulación de la cooperación.
- Artículo 44. Sujetos receptores de la delegación.
- Artículo 45. Actuaciones susceptibles de delegación.
- Artículo 46. Características de la delegación.
- Artículo 47. Régimen económico de la delegación.
- Artículo 48. Cooperación con otras administraciones autonómicas.
- Artículo 49. Miembros de la comunidad educativa.
- Artículo 50. Garantía del ejercicio de los derechos y deberes del alumnado.
- Artículo 51. Derechos del alumnado.
- Artículo 52. Deberes del alumnado.
- Artículo 53. Tarea de las familias.
- Artículo 54. Formación y apoyo a las familias.
- Artículo 55. Derechos de las familias.
- Artículo 56. Deberes de las familias.
- Artículo 57. Promoción de actividades educativas, culturales y deportivas.
- Artículo 58. Personal docente.
- Artículo 59. Función docente.
- Artículo 60. Funciones del personal docente.
- Artículo 61. Otros profesionales educativos.
- Artículo 62. Personal de administración y servicios de los centros públicos.
- Artículo 63. Voluntariado educativo.
- Artículo 64. Principio y vías de participación.
- Artículo 65. Participación del alumnado.
- Artículo 66. La junta de delegados del centro.
- Artículo 67. Asociaciones de alumnos.
- Artículo 68. Participación de las familias.
- Artículo 69. Asociaciones de familias de alumnado.
- Artículo 70. Mesa Sectorial de Educación.
- Artículo 71. Órganos de representación del personal docente público.
- Artículo 72. Mesa de la Enseñanza Privada Concertada.
- Artículo 73. Mesa de Diálogo Permanente con los Directores y las Asociaciones de Directores.
- Artículo 74. Mesa de Diálogo Permanente con las Familias del Alumnado.
- Artículo 75. Mesa de los Docentes.
- Artículo 76. Mesa del Alumnado.
- Artículo 77. Consejos escolares.
- Artículo 78. Consejo Escolar de las Illes Balears.
- Artículo 79. Consejos escolares insulares.
- Artículo 80. Consejos escolares municipales.
- Artículo 81. Consejos escolares de los centros públicos.
- Artículo 82. Consejo escolar de los centros privados concertados.
- Artículo 83. Ordenación de la función pública docente.
- Artículo 84. Puestos de trabajo con funciones específicas.
- Artículo 85. Ingreso en la función pública docente.
- Artículo 86. Personal funcionario interino.
- Artículo 87. Provisión de puestos de trabajo docente mediante concurso.
- Artículo 88. Provisión de puestos de trabajo mediante comisión de servicios.
- Artículo 89. Comisiones para la dotación de plazas con perfil educativo.
- Artículo 90. Comisiones para el personal docente con funciones de asesor técnico docente.
- Artículo 91. Jornada de trabajo.
- Artículo 92. Carrera docente.
- Artículo 93. Sistema retributivo.
- Artículo 94. Licencias y ayudas.
- Artículo 95. Premios.
- Artículo 96. Seguridad y salud en el trabajo.
- Artículo 97. Medidas de apoyo y protección de la función pública docente.
- Artículo 98. Registro General del Personal Docente no universitario de las Illes Balears.
- Artículo 99. Reconocimiento de competencias.
- Artículo 100. Clasificación de los centros educativos.
- Artículo 101. Recursos y apoyo a los centros educativos.
- Artículo 102. Creación de centros.
- Artículo 103. Principio de autorización administrativa.
- Artículo 104. Planificación de las infraestructuras educativas públicas.
- Artículo 105. Aportación de terrenos para la construcción de centros públicos.
- Artículo 106. Conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios destinados a centros educativos públicos.
- Artículo 107. Tipología de centros públicos.
- Artículo 108. Igualdad de oportunidades y equidad en la escolarización.
- Artículo 109. Derecho de escolarización.
- Artículo 110. Procesos de escolarización.
- Artículo 111. Escolarización del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
- Artículo 112. Escolarización equilibrada del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
- Artículo 113. Autonomía de los centros.
- Artículo 114. Autonomía de los centros educativos públicos.
- Artículo 115. Principios y características de la autonomía de los centros.
- Artículo 116. Autonomía pedagógica.
- Artículo 117. Autonomía organizativa.
- Artículo 118. Autonomía de gestión.
- Artículo 119. Apertura de los centros públicos fuera del horario lectivo.
- Artículo 120. Proyecto educativo del centro.
Normas que la modifican o afectan (9)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2022?
- Ley 1/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/2022?
- El BOE registra 9 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.