Decreto-ley 4/2018, de 17 de julio, por el que se asume la gestión directa del servicio de abastecimiento de agua a poblaciones por medio de las instalaciones de la red de abastecimiento Ter-Llobregat de titularidad de la Generalidad y se crea el Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat.
BOE-A-2018-12401 · Boletín Oficial del Estado, 2018-09-12 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Decreto-ley 4/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
Esta norma regula la gestión directa del servicio de abastecimiento de agua potable a poblaciones a través de la red de abastecimiento Ter-Llobregat, creando el Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat. Aplica a la Generalidad de Cataluña y entra en vigor el 18 de julio de 2018.
Los puntos clave incluyen la creación del Ente, que tiene personalidad jurídica propia y se encargará de producir y suministrar agua potable, así como de gestionar y conservar las instalaciones de la red. Este Ente asumirá todos los derechos y obligaciones de la anterior concesionaria, garantizando la continuidad del servicio a aproximadamente 140 municipios y 5 millones de habitantes. Además, establece que la tarifa por el servicio se mantendrá en los niveles de 2017 hasta que se apruebe una nueva, con el objetivo de minimizar el impacto en los usuarios. También se prevé que el Ente se rija por la normativa de entidades del sector público de la Generalidad y que su personal se regule bajo el derecho laboral, asegurando principios de igualdad y mérito en la selección.
No se menciona que esta norma esté derogada o anulada.
Datos clave
- Rango
- Decreto-ley 4/2018
- Fecha de la disposición
- 2018-07-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 221, 2018-09-12
- Entrada en vigor
- 2018-07-20
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 30
- Identificador BOE
- BOE-A-2018-12401
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Gobierno ha aprobado y yo, en nombre del rey, y de acuerdo con lo que establece el artículo 67.6.a) del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo el siguiente Decreto ley.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Creación del Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat.
- Artículo 3. Funciones del Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat.
- Artículo 4. Organización del Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat.
- Artículo 5. Recursos económicos y presupuesto del Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat.
- Artículo 6. Patrimonio del Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat.
- Artículo 7. Recursos humanos del Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat.
- Artículo 8. Contratación del Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat.
- Artículo 9. Régimen de recursos y reclamaciones del Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat.
- Artículo 10. Contabilidad y control financiero del Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat.
- Artículo 11. Forma de vinculación.
- Artículo 12. Domicilio y ámbito territorial de actuación.
- Artículo 13. Composición del Consejo de Administración.
- Artículo 14. Funciones del Consejo de Administración y régimen de funcionamiento.
- Artículo 15. La Dirección.
- Artículo 16. El órgano de contratación y la composición de la mesa de contratación.
- Artículo 17. Presupuesto.
- Disposición adicional primera. Constitución y entrada en funcionamiento del Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat.
- Disposición adicional segunda. Subrogación.
- Disposición adicional tercera. Adscripción de bienes.
- Disposición adicional cuarta. Modificaciones del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña.
- Disposición adicional quinta. Modificación de los Estatutos de la Agencia Catalana del Agua.
- Disposición adicional sexta. Gestión de la explotación del canal principal Segarra-Garrigues.
- Disposición transitoria primera. Prestación del servicio.
- Disposición transitoria segunda. Obligaciones adquiridas en el periodo entre la entrada en vigor del Decreto ley y la entrada en funcionamiento del Ente de Abastecimiento de Agu…
- Disposición transitoria tercera. Tarifa por la prestación del servicio de abastecimiento de agua en alta desde las instalaciones de la Red Ter-Llobregat durante el ejercicio 2018.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Habilitaciones.
- Disposición final segunda. Autorización al Gobierno y al Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se publica acuerdo de convalidación | , por Resolución 33/XII, de 1 de agosto |
| Se añade | la disposición adicional 6, por Decreto-ley 2/2024, de 26 de marzo |
| Se modifica | la disposición adicional 2.2, por Decreto-ley 10/2022, de 5 de julio |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto-ley 4/2018?
- Decreto-ley 4/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto-ley 4/2018?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto-ley 4/2018?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.