Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 del Decreto-ley 4/2018, de 17 de julio, por el que se asume la gestión directa del servicio de abastecimiento de agua a poblaciones por medio de las instalaciones de la red de abastecimiento Ter-Llobregat de titularidad de la Generalidad y se crea el Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat. · BOE-A-2018-12401
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-20.
Texto consolidado
1. Es objeto de este Decreto ley asumir la gestión directa del servicio público de interés y competencia de la Generalidad de producción y suministro de agua potable para el abastecimiento de poblaciones mediante las instalaciones de titularidad de la Generalidad de Cataluña de la red de abastecimiento Ter-Llobregat.
2. La prestación de este servicio se efectúa mediante el Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat.
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- Ver la norma completa: Decreto-ley 4/2018, de 17 de julio, por el que se asume la gestión directa del servicio de abastecimiento de agua a poblaciones por medio de las instalaciones de la red de abastecimiento Ter-Llobregat de titularidad de la Generalidad y se crea el Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat.