Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura.
BOE-A-2017-12663 · Boletín Oficial del Estado, 2017-11-04 · Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Real Decreto 956/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 956/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-11-03
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 268, 2017-11-04
- Entrada en vigor
- 2017-11-05
- Departamento
- Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 48
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-12663
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Comunicación de la Comisión Europea «Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador», la llamada Estrategia Europa 2020, establece una serie de prioridades y objetivos a alcanzar por los Estados miembros para el año 2020.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 2 bis. Líneas de ayudas.
- Artículo 2 ter. Intensidad de ayuda y cofinanciación.
- Artículo 3. Requisitos generales de los beneficiarios y actuaciones subvencionables.
- Artículo 4. Requisitos específicos y cálculo para la línea de ayudas a los planes de producción y comercialización.
- Artículo 5. Normas en materia de subcontratación de planes de producción y comercialización.
- Artículo 6. Requisitos específicos y gastos elegibles para la línea de ayudas para la consolidación de organizaciones profesionales de los sectores de la pesca y de la acuicultura.
- Artículo 7. Normas en materia de reestructuraciones.
- Artículo 8. Requisitos específicos en materia de presentación de los planes de producción y comercialización e informes anuales y de la solicitud de ayudas de OPP/AOP reestructu…
- Artículo 9. Líneas de ayudas gestionadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
- Artículo 10. Financiación y elegibilidad.
- Artículo 11. Incompatibilidades.
- Artículo 12. Procedimiento de concesión, notificaciones y convocatoria.
- Artículo 13. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
- Artículo 14. Ordenación, instrucción, evaluación y resolución.
- Artículo 15. Criterios de valoración de solicitudes.
- Artículo 16. Pago y anticipos.
- Artículo 17. Gastos subvencionables y justificación de las subvenciones.
- Artículo 18. Actuaciones de comprobación y control.
- Artículo 19. Reintegro.
- Artículo 20. Infracciones y sanciones.
- Artículo 21. Beneficiarios de las ayudas a los planes de producción y comercialización.
- Artículo 22. Requisitos para optar a la ayuda.
- Artículo 23. Solicitudes.
- Artículo 24. Criterios de valoración.
- Artículo 25. Gastos subvencionables y acreditación.
- Artículo 26. Cálculo de la cuantía de la ayuda.
- Artículo 27. Beneficiarios de las ayudas por la utilización del mecanismo de almacenamiento.
- Artículo 28. Requisitos para optar a la ayuda.
- Artículo 29. Solicitudes.
- Artículo 30. Criterios de valoración.
- Artículo 31. Gastos subvencionables y acreditación.
- Artículo 32. Cálculo de la cuantía de la ayuda.
- Artículo 33. Beneficiarios de las ayudas a la consolidación de organizaciones profesionales y a la reestructuración de OPP y AOP.
- Artículo 34. Requisitos para optar a la ayuda.
- Artículo 35. Solicitudes.
- Artículo 36. Criterios de valoración.
- Artículo 37. Gastos subvencionables y acreditación.
- Artículo 38. Cálculo de la cuantía de la ayuda.
- Disposición adicional primera. Revisión extraordinaria de planes de producción y comercialización e informes anuales.
- Disposición adicional segunda. Organizaciones de Productores de ámbito transnacional reconocidas con anterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto.
- Disposición transitoria única. Convocatorias publicadas por las Administraciones públicas.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de los productos pesqueros.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pes…
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (58)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 956/2017?
- Real Decreto 956/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 956/2017?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 956/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.