Artículo 20. Infracciones y sanciones.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-11-05.
Texto consolidado
El incumplimiento de lo dispuesto en estas bases reguladoras será sancionado de conformidad con lo establecido en el título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y los artículos 12 y 13 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre.
Más artículos de Real Decreto 956/2017
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- Ver la norma completa: Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura.