Real Decreto 703/2020, de 28 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la paralización temporal de la actividad pesquera para poder hacer frente al impacto económico y social derivado de la pandemia de COVID-19, se convocan dichas ayudas para el primer tramo del ejercicio 2020 y se modifican distintos reales decretos relativos a la regulación de las organizaciones profesionales en el sector de la pesca y la acuicultura y para el ejercicio de la pesca recreativa.
BOE-A-2020-9021 · Boletín Oficial del Estado, 2020-08-03 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Real Decreto 703/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-12.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 703/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-07-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 209, 2020-08-03
- Entrada en vigor
- 2020-08-04
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-12
- Artículos
- 32
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-9021
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El pasado 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró pandemia internacional la situación de emergencia de salud pública provocada por el COVID-19. La rápida propagación, tanto nacional como internacional, ha motivado la necesidad de adoptar medidas urgentes y contundentes con el objetivo de amortiguar el impacto de esta crisis sanitaria sin precedentes.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Beneficiarios de las ayudas.
- Artículo 3. Requisitos para la obtención de las ayudas.
- Artículo 4. Compromisos y obligaciones de las personas beneficiarias.
- Artículo 5. Incompatibilidad con otras ayudas.
- Artículo 6. Financiación.
- Artículo 7. Cálculo del importe de la ayuda.
- Artículo 8. Gestión de las ayudas por paralización temporal.
- Artículo 9. Iniciación del procedimiento.
- Artículo 10. Ordenación e instrucción y actividades de comprobación.
- Artículo 11. Valoración de las solicitudes.
- Artículo 12. Comisión de valoración.
- Artículo 13. Criterios de valoración.
- Artículo 14. Propuesta de resolución provisional y definitiva.
- Artículo 15. Resolución.
- Artículo 16. Justificación y pago de la ayuda destinada a los beneficiarios.
- Artículo 17. Reintegro y graduación de incumplimientos.
- Artículo 18. Actuaciones de comprobación, control e inspección de las ayudas.
- Artículo 19. Infracciones y sanciones.
- Artículo 20. Publicidad de las subvenciones.
- Artículo 21. Protección de datos.
- Artículo 22. Lucha contra el fraude.
- Disposición adicional primera. Convocatoria de las ayudas para armadores con o sin procedimiento de suspensión de contratos o reducción de jornada y a pescadores sin un procedim…
- Disposición adicional segunda. Reactivación del mecanismo de almacenamiento del artículo 67 del Reglamento n.º 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 20…
- Disposición adicional tercera. Autorización del Consejo de Ministros para la convocatoria indicada en la disposición adicional primera.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en lo relativo a las ayudas a la para…
- Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pes…
- Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del …
- Disposición final quinta. Supletoriedad.
- Disposición final sexta. Título competencial.
- Disposición final séptima. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (8)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 703/2020?
- Real Decreto 703/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-12.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 703/2020?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 703/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.