Real Decreto 1040/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de recompensas militares.
BOE-A-2003-17107 · Boletín Oficial del Estado, 2003-09-05 · Ministerio de Defensa
Real Decreto 1040/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1040/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-08-01
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 213, 2003-09-05
- Entrada en vigor
- 2003-12-05
- Departamento
- Ministerio de Defensa
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 86
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-17107
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las recompensas militares revisten gran trascendencia en los aspectos moral y orgánico de las Fuerzas Armadas, al constituir tanto un estímulo permanente para la superación en el cumplimiento del deber y del servicio –junto con los sacrificios, riesgos y dedicación inherentes a la vida militar– como un factor importante de selección para la organización militar, al destacar a los miembros de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de la Guardia Civil en el ejercicio del mando y demás funciones militares que legalmente les corresponden por acreditar las condiciones morales, físicas e intelectuales que se requieren para su concesión.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento general de recompensas militares.
- Disposición adicional primera. Recompensas militares y mantenimiento de derechos reconocidos.
- Disposición adicional segunda. Recompensas militares y civiles excluidas del ámbito de aplicación.
- Disposición adicional tercera. Medallas de las campañas y condecoraciones hereditarias.
- Disposición adicional cuarta. Distintivos militares.
- Disposición adicional quinta. Modificación del Real Decreto 912/2002, de 6 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura básica de los ejércitos.
- Disposición transitoria primera. Procedimientos en curso y condecoraciones reconocidas por la normativa anterior.
- Disposición transitoria segunda. Pensiones y derechos inherentes a las recompensas militares establecidos por la normativa anterior.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación de desarrollo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Recompensas militares.
- Artículo 2. Finalidad de las recompensas militares.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación del reglamento.
- Artículo 4. Régimen general de recursos.
- Artículo 5. Cruz Laureada de San Fernando y Medalla Militar.
- Artículo 6. Cruz Laureada de San Fernando.
- Artículo 7. Medalla Militar.
- Artículo 8. Ámbito objetivo de la recompensa.
- Artículo 9. Ámbito subjetivo y concesión de la recompensa.
- Artículo 10. Iniciación e instrucción del procedimiento.
- Artículo 11. Finalización del procedimiento.
- Artículo 12. Publicación de la concesión e imposición de la condecoración.
- Artículo 13. Derechos y distinciones.
- Artículo 14. Ventajas de régimen personal.
- Artículo 15. Ventajas económicas.
- Artículo 16. Condecoración de la Cruz de Guerra.
- Artículo 17. Insignia de la Cruz de Guerra.
- Artículo 18. Pasador de la Cruz de Guerra.
- Artículo 19. Ámbito objetivo de las recompensas.
- Artículo 20. Ámbito subjetivo y concesión de las recompensas.
- Artículo 21. Iniciación.
- Artículo 22. Instrucción.
- Artículo 23. Finalización.
- Artículo 24. Publicación de la concesión e imposición de la condecoración.
- Artículo 25. Derechos y distinciones.
- Artículo 26. Ventajas de régimen personal.
- Artículo 27. Ventajas económicas.
- Artículo 28. Derechos, honores y distinciones.
- Artículo 29. Condecoraciones de las Medallas del Ejército, Naval y Aérea individuales.
- Artículo 30. Condecoraciones de las Medallas del Ejército, Naval y Aérea colectivas.
- Artículo 31. Insignias de las Medallas del Ejército, Naval y Aérea.
- Artículo 32. Pasadores de las Medallas del Ejército, Naval y Aérea individuales.
- Artículo 33. Ámbito objetivo de las recompensas.
- Artículo 34. Ámbito subjetivo y concesión de las recompensas.
- Artículo 35. Distintivos de estas recompensas.
- Artículo 36. Objeto y ámbito subjetivo de estas recompensas.
- Artículo 37. Acciones, hechos o servicios recompensados.
- Artículo 38. Objeto de estas recompensas.
- Artículo 39. Acciones, hechos o servicios recompensables.
- Artículo 40. Objeto de estas recompensas.
- Artículo 41. Acciones, hechos o servicios recompensables.
- Artículo 42. Objeto de estas recompensas.
- Artículo 43. Acciones, hechos o servicios recompensables.
- Artículo 44. Iniciación e instrucción.
- Artículo 45. Finalización.
- Artículo 46. Publicación de las recompensas e imposición de las condecoraciones.
- Artículo 47. Derechos y distinciones comunes a todas las Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico.
- Artículo 48. Derechos de las Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico, con distintivo rojo.
- Artículo 49. Derechos de las Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico, con distintivos azul y amarillo.
- Artículo 50. Derechos de las Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico, con distintivo blanco.
- Artículo 51. Descripción común y uso de las condecoraciones correspondientes a las Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico.
- Artículo 52. Descripción de las condecoraciones correspondientes a las Cruces del Mérito Militar.
- Artículo 53. Descripción de las condecoraciones correspondientes a las Cruces del Mérito Naval.
- Artículo 54. Descripción de las condecoraciones correspondientes a las Cruces del Mérito Aeronáutico.
- Artículo 55. Insignias de las Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico.
- Artículo 56. Pasadores de las Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico.
- Artículo 57. Naturaleza, objeto y ámbito subjetivo de la recompensa.
- Artículo 58. Procedimiento para la concesión de la recompensa.
- Artículo 59. Derechos inherentes a la Citación como distinguido en la Orden General.
- Artículo 60. Naturaleza y objeto de la recompensa.
- Artículo 61. Procedimiento para la concesión de la recompensa.
- Artículo 62. Derechos inherentes a la Mención honorífica.
- Artículo 63. Real y Militar Orden de San Hermenegildo y Cruz a la Constancia en el Servicio.
- Disposición adicional primera. Normativa supletoria.
- Disposición adicional segunda. Procedimientos extraordinarios y ordinarios.
- Disposición adicional tercera. Felicitaciones.
- Disposición adicional cuarta. Concesión de Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico, como Gran Cruz, con distintivo blanco, a determinadas autoridades.
- Disposición adicional quinta. Condecoraciones, insignias y pasadores.
- Disposición adicional sexta. Modelos de las cédulas y diplomas que acreditan la posesión de las recompensas militares.
- Disposición adicional séptima. Compatibilidad de recompensas colectivas e individuales.
- Disposición adicional octava. Consideración de las condecoraciones representativas de las recompensas militares y pasadores de las insignias individuales, a efectos de su coloca…
- Disposición adicional novena. Orden de colocación de Medallas del Ejército, Naval y Aérea, y de Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico, para el per…
- Disposición adicional décima. Tratamientos por la posesión de recompensas militares.
- Disposición adicional undécima. Declaración del valor.
- Disposición final única. Facultades de desarrollo y ejecución.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (11)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1040/2003?
- Real Decreto 1040/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1040/2003?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1040/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.