Disposición adicional cuarta. Concesión de Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico, como Gran Cruz, con distintivo blanco, a determinadas autoridades.
Disposición adicional cuarta del Real Decreto 1040/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de recompensas militares. · BOE-A-2003-17107
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-12-05.
Texto consolidado
No obstante lo dispuesto en el artículo 34.1.a) de este reglamento, los titulares de los órganos superiores y directivos del Ministerio de Defensa, así como las personas que, por su empleo, cargo o función, tengan la condición de alto cargo, o bien tengan reconocido el rango o asimilación a subdirector general dentro de la Administración General del Estado, o la correspondiente a dicho rango dentro de las restantes Administraciones públicas, podrán ser recompensadas, cuando reúnan los requisitos establecidos, con las Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval o del Mérito Aeronáutico, con distintivo blanco, concedidas como Gran Cruz.