El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 1. Recompensas militares.

Artículo 1 del Real Decreto 1040/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de recompensas militares. · BOE-A-2003-17107

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-12-05.

Texto consolidado

1. De acuerdo con su precedencia dentro del ordenamiento jurídico español, el orden de prelación de las recompensas militares, por los derechos y honores que conllevan, es el siguiente:

a) Cruz Laureada de San Fernando.

b) Medalla Militar.

c) Cruz de Guerra.

d) Medalla del Ejército, Medalla Naval y Medalla Aérea.

e) Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico, con distintivos rojo, azul, amarillo y blanco.

f) Citación como distinguido en la Orden General.

g) Mención honorífica.

2. El ingreso y ascenso en la Real y Militar Orden de San Hermenegildo y la Cruz a la Constancia en el Servicio son las recompensas militares que premian a los miembros de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de la Guardia Civil con la finalidad establecida en el siguiente artículo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-12-05.

Más artículos de Real Decreto 1040/2003

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1040/2003 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.