Ley 7/1990, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 1991.
BOE-A-1991-6088 · Boletín Oficial del Estado, 1991-03-05 · Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Ley 7/1990 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Datos clave
- Rango
- Ley 7/1990
- Fecha de la disposición
- 1990-12-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 55, 1991-03-05
- Entrada en vigor
- 1991-01-01
- Departamento
- Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 37
- Identificador BOE
- BOE-A-1991-6088
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado ha aprobado, y yo, en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía para Asturias, vengo en promulgar la siguiente Ley de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 1991.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito de aplicación de los presupuestos generales del Principado de Asturias.
- Artículo 2. Créditos iniciales y su financiación.
- Artículo 3. Principios generales de modificación de créditos.
- Artículo 4. Reorganizaciones administrativas.
- Artículo 5. Incorporación de remanentes.
- Artículo 6. Transferencias de crédito.
- Artículo 7. Créditos ampliables.
- Artículo 8. Subvenciones.
- Artículo 9. Retenciones de créditos.
- Artículo 10. Déficit sanitario.
- Artículo 11. Liquidación de cuantía inferior al coste de recaudación.
- Artículo 12. Retribuciones de los miembros del Consejo de Gobierno y altos cargos de la Administración del Principado de Asturias.
- Artículo 13. Retribuciones de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias.
- Artículo 14. Aumento de retribuciones del personal laboral.
- Artículo 15. Retribuciones del personal eventual.
- Artículo 16. Prohibición de ingresos atípicos.
- Artículo 17. Aumento de las retribuciones en casos especiales.
- Artículo 18. Fondo complementario.
- Artículo 19. Plantillas.
- Artículo 20. Dotación presupuestaria para adscripción, formalización o nombramiento de personal.
- Artículo 21. Operaciones de crédito a largo plazo.
- Artículo 22. Gestión de operaciones de crédito a largo plazo.
- Artículo 23. Operaciones de crédito a corto plazo.
- Artículo 24. Avales.
- Artículo 25. Normas tributarias.
- Artículo 26. Estado de ejecución del presupuesto de gastos.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición final.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se deroga | los arts. 8 y 11, por Ley 10/1996, de 31 de diciembre |
Normas a las que afecta (6)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 7/1990?
- Ley 7/1990 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 7/1990?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 7/1990?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.