Disposición adicional sexta.
Disposición adicional sexta de la Ley 7/1990, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 1991. · BOE-A-1991-6088
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-01-01.
Texto consolidado
Se autoriza a la Consejería de Hacienda, Economía y Planificación a dictar las disposiciones que resulten necesarias en desarrollo de la presente Ley.