Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta de la Ley 7/1990, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 1991. · BOE-A-1991-6088
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-01-01.
Texto consolidado
Los funcionarios pertenecientes a la antigua Escala de Agentes de Economía Doméstica del Servicio de Extensión Agraria, procedentes de la Administración del Estado, al servicio de la Administración del Principado de Asturias, quedarán integrados, a todos los efectos, en la Escala a extinguir del grupo B, prevista en la disposición adicional quinta, punto 6, de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Administración del Principado de Asturias.