Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 7/1990, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 1991. · BOE-A-1991-6088
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-01-01.
Texto consolidado
Se autoriza al Consejero de Hacienda, Economía y Planificación a realizar, en los créditos de gastos de personal, las modificaciones presupuestarias necesarias para su ajuste a las alteraciones de las relaciones de puestos de trabajo y de la plantilla que resulten aprobadas con arreglo a lo dispuesto en esta Ley y demás disposiciones legales.