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LeyAutonómico Vigente

Ley 6/1999, de 4 de noviembre, de los Colegios Profesionales de la Región de Murcia.

BOE-A-2000-1652 · Boletín Oficial del Estado, 2000-01-27 · Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Ley 6/1999 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.

Resumen

La Ley 6/1999, de 4 de noviembre, regula los colegios profesionales en la Región de Murcia, estableciendo su marco legal y organizativo. Esta norma se aplica a todos los colegios y consejos de colegios profesionales que operen en la Región de Murcia desde su entrada en vigor.

Entre los puntos clave de esta ley, se establece que los colegios profesionales son corporaciones de derecho público con personalidad jurídica propia, y su creación debe ser autorizada por ley. Los profesionales que cumplan con los requisitos de titulación tienen derecho a ser admitidos en el colegio correspondiente, y su ejercicio profesional está condicionado a la colegiación cuando así lo determine la legislación estatal. Además, la ley promueve la participación democrática de los colegiados en la gestión de sus colegios, garantizando derechos como el sufragio y la posibilidad de proponer iniciativas. También se contempla la creación de un Registro de Colegios Profesionales, que será público y servirá para la inscripción de los colegios y sus estatutos.

Esta ley no está derogada y sigue vigente, regulando el funcionamiento de los colegios profesionales en la Región de Murcia.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 6/1999
Fecha de la disposición
1999-11-04
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 23, 2000-01-27
Entrada en vigor
1999-11-27
Departamento
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-18
Artículos
34
Identificador BOE
BOE-A-2000-1652
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 6/1999, de 4 de noviembre, de Colegios Profesionales de la Región de Murcia.

Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (2)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 6/1999?
Ley 6/1999 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 6/1999?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 6/1999?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.