El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 12. Fusión o segregación de colegios de distinta titulación.

Artículo 12 de la Ley 6/1999, de 4 de noviembre, de los Colegios Profesionales de la Región de Murcia. · BOE-A-2000-1652

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-11-27.

Texto consolidado

1. La fusión de dos o más colegios hasta entonces pertenecientes a distinta profesión mediante la constitución de uno nuevo, se realizará por ley de la Asamblea Regional.

2. También exigirá ley de la Asamblea Regional la segregación de un colegio de otro u otros para cuyo ingreso se exija, a partir de ese momento, titulación diferente a la del colegio de origen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-11-27.

Más artículos de Ley 6/1999

En El Vínculo puedes leer Ley 6/1999 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.