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Ley Vigente

Artículo 10. Relaciones con las Administraciones Públicas de la Región de Murcia.

Artículo 10 de la Ley 6/1999, de 4 de noviembre, de los Colegios Profesionales de la Región de Murcia. · BOE-A-2000-1652

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-11-27.

Texto consolidado

Los colegios profesionales, en todo lo que atañe a los contenidos de su profesión, se relacionarán con la Consejería de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia indicada en la normativa de su creación o regulación, cuya competencia tenga relación con la profesión respectiva.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-11-27.

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