Ley 4/2011, de 18 de febrero, de fomento de la colombofilia canaria y protección de la paloma mensajera de la Comunidad Autónoma de Canarias.
BOE-A-2011-4631 · Boletín Oficial del Estado, 2011-03-14 · Comunidad Autónoma de Canarias
Ley 4/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 4/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-02-18
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 62, 2011-03-14
- Entrada en vigor
- 2011-03-03
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Canarias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 52
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-4631
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 4/2011, de 18 de febrero, de fomento de la colombofilia canaria y protección de la paloma mensajera de la Comunidad Autónoma de Canarias.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 43.3 de la Constitución española incluye el fomento a la educación física y el deporte. A su vez y en este ámbito, el artículo 148.1.19 de la Constitución española menciona que las comunidades autónomas pueden asumir competencias exclusivas en materia deportiva, su fomento y la educación.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Identificación y movimientos de las palomas.
- Artículo 4. Propiedad.
- Artículo 5. Expedición de anillas y títulos de propiedad y su registro.
- Artículo 6. Reanillado, pérdida de la anilla de nido o de la tarjeta de propiedad.
- Artículo 7. Licencia federativa.
- Artículo 8. Palomares, centros de cría, entrenamiento y depósito de palomas mensajeras.
- Artículo 9. Requisitos para la autorización deportiva de palomares y otras instalaciones.
- Artículo 10. Control e inspección.
- Artículo 11. Delimitación de zonas de vuelo, lugares de suelta e interferencias.
- Artículo 12. Entrega de palomas mensajeras.
- Artículo 13. Régimen económico y financiero.
- Artículo 14. Recursos económicos de la organización colombófila.
- Artículo 15. Exenciones y beneficios.
- Artículo 16. Requisitos de las competiciones y concursos.
- Artículo 17. Control de las competiciones y concursos.
- Artículo 18. Organización de la colombofilia en Canarias.
- Artículo 19. Otras funciones de la Federación Canaria de Colombofilia.
- Artículo 20. Recursos administrativos.
- Artículo 21. Régimen electoral.
- Artículo 22. Disposiciones generales.
- Artículo 23. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 24. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 25. Sanciones.
- Artículo 26. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 27. Graduación de las sanciones.
- Artículo 28. Extinción de la responsabilidad.
- Artículo 29. Principios generales de ejercicio de la potestad disciplinaria.
- Artículo 30. Competencia para el ejercicio de la potestad disciplinaria.
- Artículo 31. Ejecutividad de las sanciones.
- Artículo 32. Principios generales de ejercicio de la potestad administrativa sancionadora.
- Artículo 33. Competencia para la imposición de sanciones.
- Artículo 34. Conciliación y arbitraje.
- Artículo 35. Multas coercitivas.
- Artículo 36. Otras medidas.
- Artículo 37. Ejecución subsidiaria.
- Artículo 38. Medidas cautelares.
- Disposición adicional primera. Divulgación y fomento de la colombofilia canaria.
- Disposición adicional segunda. Formación y subvención en higiene y sanidad.
- Disposición adicional tercera. Actividad no clasificada.
- Disposición adicional cuarta. Supletoriedad de la Ley Canaria del Deporte.
- Disposición adicional quinta. Actualización de sanciones.
- Disposición adicional sexta. Plazos para resolver y efectos del silencio administrativo.
- Disposición adicional séptima. Fomento de la colombicultura.
- Disposición transitoria primera. Autorización de establecimientos.
- Disposición transitoria segunda. Disposición de estatutos.
- Disposición transitoria tercera. Adaptación estatutaria y reglamentaria.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de aplicación y desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias. |
| De conformidad con | arts. 6 y 7 de la Ley 8/1997, de 9 de julio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 4/2011?
- Ley 4/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 4/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.