Disposición adicional primera. Divulgación y fomento de la colombofilia canaria.
Disposición adicional primera de la Ley 4/2011, de 18 de febrero, de fomento de la colombofilia canaria y protección de la paloma mensajera de la Comunidad Autónoma de Canarias. · BOE-A-2011-4631
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-03.
Texto consolidado
El Gobierno de Canarias solicitará a las consejerías con competencia en materia de deportes y de sanidad animal la programación de campañas divulgadoras sobre el contenido de la presente ley, al objeto de fomentar su conocimiento y promover la defensa de la colombofilia canaria y de las palomas mensajeras.
Las administraciones públicas canarias con competencias en materia de turismo promoverán y divulgarán la colombofilia canaria en el exterior como un valor vinculado a la cultura y tradición del pueblo canario.