Disposición adicional tercera. Actividad no clasificada.
Disposición adicional tercera de la Ley 4/2011, de 18 de febrero, de fomento de la colombofilia canaria y protección de la paloma mensajera de la Comunidad Autónoma de Canarias. · BOE-A-2011-4631
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-03.
Texto consolidado
La actividad de la colombofilia estará excluida, con carácter general, de la legislación de actividades clasificadas, sin perjuicio de aquellos ámbitos de dicha actividad que, en función de sus características específicas, se incluyan por decreto del Gobierno de Canarias.
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