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Ley Vigente

Disposición transitoria tercera. Adaptación estatutaria y reglamentaria.

Disposición transitoria tercera de la Ley 4/2011, de 18 de febrero, de fomento de la colombofilia canaria y protección de la paloma mensajera de la Comunidad Autónoma de Canarias. · BOE-A-2011-4631

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-03.

Texto consolidado

Las entidades deportivas colombófilas existentes que dispongan de estatutos deben adaptar sus normas estatutarias y reglamentarias a las previsiones contenidas en esta ley y en sus disposiciones de desarrollo en un plazo inferior a dieciocho meses desde la entrada en vigor de la presente ley. Las federaciones insulares, además de adaptar sus estatutos, en el mismo plazo de tiempo, a lo establecido en la presente ley, lo harán considerando, a su vez, lo establecido en los estatutos de la Federación Canaria de Colombofilia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-03-03.

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