Ley 4/2002, de 25 de junio, del estatuto de la capitalidad de la ciudad de Santiago de Compostela.
BOE-A-2002-18100 · Boletín Oficial del Estado, 2002-09-18 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 4/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 4/2002
- Fecha de la disposición
- 2002-06-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 224, 2002-09-18
- Entrada en vigor
- 2002-07-25
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 29
- Identificador BOE
- BOE-A-2002-18100
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La designación de Santiago de Compostela como sede de las instituciones autonómicas, por la Ley de Galicia 1/1982, de 24 de junio, de fijación de la sede de las instituciones autonómicas de Galicia, supuso un hito que vino a añadir a la tradicional dinámica de la ciudad, determinada por su singularidad monumental, condición de capital espiritual y meta de peregrinos, ciudad universitaria y símbolo de cultura, civilización y progreso, la necesidad de afrontar nuevos retos, particularmente en relación con la prestación de servicios públicos, así como con la implantación de dotaciones y equipamientos, directamente determinados por la presencia de las instituciones autonómicas en el término municipal.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Capitalidad.
- Artículo 3. Régimen jurídico especial y símbolos.
- Artículo 4. Término municipal.
- Artículo 5. Régimen jurídico.
- Artículo 6. Idioma.
- Artículo 7. Principios generales.
- Artículo 8. Órganos de corporación.
- Artículo 9. Áreas de servicios.
- Artículo 10. Autonomía municipal.
- Artículo 11. Atribución competencial.
- Artículo 12. Información a los ciudadanos.
- Artículo 13. Incorporación de medios técnicos en las relaciones entre el Ayuntamiento de Santiago de Compostela y los ciudadanos.
- Artículo 14. Cartas de servicios.
- Artículo 15. Colaboración y cooperación.
- Artículo 16. El Consejo de la Capitalidad.
- Artículo 17. Composición.
- Artículo 18. Régimen de funcionamiento.
- Artículo 19. La Comisión Ejecutiva.
- Artículo 20. Funciones del Consejo de la Capitalidad.
- Artículo 21. Servicios y actuaciones metropolitanas.
- Artículo 22. Patrimonio histórico-artístico de Santiago de Compostela.
- Artículo 23. Territorio y urbanismo.
- Artículo 24. Seguridad pública.
- Artículo 25. Transporte.
- Artículo 26. Turismo.
- Artículo 27. Relaciones entre el Consejo de la Capitalidad y el Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela.
- Artículo 28. Financiación de la capitalidad.
- Disposición final.
Normas a las que afecta (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| En relación con | Ley 1/1982, de 24 de junio, por la que se fija la sede de las Instituciones autonómicas de Galicia. |
| De conformidad con | Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galicia. |
| De conformidad con | Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y su Presidente. |
| De conformidad con | Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 4/2002?
- Ley 4/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 4/2002?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.