Artículo 8. Órganos de corporación.
Artículo 8 de la Ley 4/2002, de 25 de junio, del estatuto de la capitalidad de la ciudad de Santiago de Compostela. · BOE-A-2002-18100
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-25.
Texto consolidado
1. El gobierno y la administración municipal de Santiago de Compostela corresponden al Ayuntamiento, integrado por el alcalde y los concejales.
2. Los órganos de gobierno del Ayuntamiento de Santiago de Compostela son:
a) El Pleno municipal.
b) El alcalde.
c) Los tenientes de alcalde.
d) La Comisión de Gobierno.
e) Los demás que establezca el Reglamento orgánico de la corporación de acuerdo, en todo caso, con las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.
3. Las competencias y el funcionamiento de los órganos del Ayuntamiento de Santiago de Compostela se ajustarán a lo dispuesto en la normativa de régimen local y en el Reglamento orgánico de la corporación.