Ley 2/2014, de 14 de abril, por la igualdad de trato y la no discriminación de lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales en Galicia.
BOE-A-2014-5488 · Boletín Oficial del Estado, 2014-05-26 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 2/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-04-14
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 127, 2014-05-26
- Entrada en vigor
- 2014-04-26
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 37
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-5488
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1
La Constitución española, en el artículo 14, proclama el derecho a la igualdad y a la no discriminación al establecer que las personas son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer ninguna discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Concepto de discriminación.
- Artículo 4. Protección contra represalias.
- Artículo 5. Medidas de acción positiva.
- Artículo 6. Divulgación de la información.
- Artículo 7. Asociaciones, organizaciones y colectivos LGTBI.
- Artículo 8. Servicio de apoyo y mediación LGTBI.
- Artículo 9. Acceso y promoción en los cuerpos y fuerzas de seguridad.
- Artículo 10. Formación de los cuerpos y fuerzas de seguridad.
- Artículo 11. Medidas de asistencia.
- Artículo 12. Medidas de promoción de igualdad de trato y no discriminación por parte de la Administración autonómica gallega.
- Artículo 13. Organizaciones sindicales y empresariales. Negociación colectiva.
- Artículo 14. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en el trabajo por cuenta propia.
- Artículo 15. Concepto de familia.
- Artículo 16. Adopción.
- Artículo 17. Medidas de prevención y a favor de la visibilidad.
- Artículo 18. Apoyo a víctimas de discriminación.
- Artículo 19. Medidas de información y formación del personal sanitario.
- Artículo 20. Transexualidad.
- Artículo 21. Campañas de educación sexual.
- Artículo 22. Inclusión de la realidad LGTBI en los planes de estudios.
- Artículo 23. Actitudes.
- Artículo 24. Formación del personal docente.
- Artículo 25. Divulgación de la realidad LGTBI entre las ANPA.
- Artículo 26. Combatir el acoso y favorecer la visibilidad.
- Artículo 27. Centro de documentación.
- Artículo 28. Impulso a producciones culturales.
- Artículo 29. Deporte.
- Artículo 30. Juventud.
- Artículo 31. Fomento de la igualdad en los medios de comunicación.
- Artículo 32. Programas y campañas de apoyo a la igualdad de todas las personas.
- Artículo 33. Fomento de la igualdad en las nuevas tecnologías.
- Disposición adicional. Información al Parlamento de Galicia.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Facultades del Valedor del Pueblo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2014?
- Ley 2/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.