Artículo 5. Medidas de acción positiva.
Artículo 5 de la Ley 2/2014, de 14 de abril, por la igualdad de trato y la no discriminación de lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales en Galicia. · BOE-A-2014-5488
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-04-26.
Texto consolidado
Para garantizar en la práctica la plena igualdad por razón de orientación sexual e identidad de género, el principio de igualdad de trato no impedirá que se mantengan o que se adopten medidas específicas a favor de lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales destinadas a prevenir o a compensar las desventajas que les afecten relativas a las materias incluidas en el ámbito de aplicación de este título.