Ley 1/2004, de 21 de octubre, del Consejo Consultivo.
BOE-A-2004-19794 · Boletín Oficial del Estado, 2004-11-23 · Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Ley 1/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
La Ley 1/2004, de 21 de octubre, regula la creación y funcionamiento del Consejo Consultivo del Principado de Asturias, un órgano de consulta para la Administración Pública y entidades locales de la comunidad autónoma. Esta norma es aplicable desde su entrada en vigor el 2 de noviembre de 2005.
Entre los puntos clave, se establece que el Consejo Consultivo es un órgano autónomo, compuesto por cinco Vocales, que deben ser juristas de reconocido prestigio. Su función principal es emitir dictámenes, que son preceptivos en ciertos casos, como anteproyectos de ley o recursos de inconstitucionalidad, aunque en general, estos dictámenes no son vinculantes. Además, se garantiza la independencia de sus miembros mediante un régimen de incompatibilidades y se establece un Cuerpo de Letrados para asistir en la elaboración de informes. La ley también detalla el procedimiento de funcionamiento del Consejo, incluyendo plazos para la emisión de dictámenes y la obligación de publicar una memoria anual sobre sus actividades.
Esta ley no está derogada y sigue vigente en la actualidad.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2004
- Fecha de la disposición
- 2004-10-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 282, 2004-11-23
- Entrada en vigor
- 2004-11-24
- Departamento
- Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 30
- Identificador BOE
- BOE-A-2004-19794
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley del Consejo Consultivo.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Naturaleza.
- Artículo 2. Organización y régimen jurídico.
- Artículo 3. Función consultiva.
- Artículo 4. Composición.
- Artículo 5. Presidencia.
- Artículo 6. Vocales.
- Artículo 7. Secretaría General.
- Artículo 8. Régimen de Incompatibilidades, Intereses, Actividades y Bienes.
- Artículo 9. Abstención y recusación.
- Artículo 10. Derechos y obligaciones.
- Artículo 11. Duración del mandato y pérdida de la condición de miembro del Consejo Consultivo.
- Artículo 12. Suspensión cautelar de los miembros del Consejo Consultivo.
- Artículo 13. Dictámenes preceptivos.
- Artículo 14. Dictámenes facultativos.
- Artículo 15. Memoria anual.
- Artículo 16. Régimen de acuerdos.
- Artículo 17. Solicitud de dictámenes.
- Artículo 18. Documentación y audiencia.
- Artículo 19. Emisión de dictámenes.
- Artículo 20. Del Cuerpo de Letrados.
- Artículo 21. Personal administrativo.
- Artículo 22. Plantillas.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 240, de 7 de octubre de 2005 |
| Se modifica | la disposición transitoria 2, por Ley 2/2005, de 20 de mayo |
| Se modifica | el art. 13.1.k), por Ley 1/2006, de 16 de febrero |
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Asturias. |
| Modifica | Ley 7/2001, de 22 de junio, de Turismo. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2004?
- Ley 1/2004 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/2004?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2004?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.