Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 1/2004, de 21 de octubre, del Consejo Consultivo. · BOE-A-2004-19794
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-05-24.
Texto consolidado
El Consejo Consultivo del Principado de Asturias comenzará a ejercer su función consultiva el día 2 de noviembre de 2005, momento a partir del cual se sustanciarán ante el mismo las consultas a las que se refieren los artículos 13 y 14 de esta Ley.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2005-11970.