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Ley Vigente

Artículo 21. Personal administrativo.

Artículo 21 de la Ley 1/2004, de 21 de octubre, del Consejo Consultivo. · BOE-A-2004-19794

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-11-24.

Texto consolidado

El personal que desarrolle funciones de administración general en el seno del Consejo Consultivo del Principado de Asturias pertenecerá a los cuerpos de Administración General de la Administración del Principado de Asturias de acuerdo con la relación de puestos de trabajo aprobada por el Consejo Consultivo del Principado de Asturias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-11-24.

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