Real Decreto 872/2014, de 10 de octubre, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas.
BOE-A-2014-10520 · Boletín Oficial del Estado, 2014-10-17 · Ministerio de Defensa
Real Decreto 872/2014 está derogada desde el 2020-05-22: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 872/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-10-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 252, 2014-10-17
- Entrada en vigor
- 2014-10-18
- Departamento
- Ministerio de Defensa
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2020-05-22
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 42
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-10520
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 8 de la Constitución establece que una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de dicha Constitución y la disposición adicional primera de la Ley 6/1997, de 14 abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, determina que la organización militar se rige por su legislación peculiar.
La Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, en adelante Ley Orgánica de Defensa Nacional, reguló las bases de la organización militar conforme a los principios constitucionales, respondiendo a los principios de jerarquía, disciplina, unidad y eficacia y con criterios que posibilitasen la acción conjunta en las Fuerzas Armadas (FAS).
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. El Jefe de Estado Mayor de la Defensa.
- Artículo 3. Los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire.
- Artículo 4. Concepto y organización de la estructura operativa.
- Artículo 5. El Comandante del Mando de Operaciones.
- Artículo 6. Las organizaciones operativas y sus comandantes.
- Artículo 7. Doctrina militar.
- Artículo 8. Fuerza Conjunta.
- Artículo 9. El Estado Mayor de la Defensa.
- Artículo 10. El Cuartel General.
- Artículo 11. El Estado Mayor Conjunto de la Defensa.
- Artículo 12. La Jefatura de Apoyo para la Acción Conjunta.
- Artículo 13. El Mando de Operaciones.
- Artículo 14. El Centro de Inteligencia de las Fuerzas Armadas.
- Artículo 15. El Mando Conjunto de Ciberdefensa.
- Artículo 16. El Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional.
- Artículo 17. El Mando de Vigilancia y Seguridad Marítima.
- Artículo 18. El Mando de Defensa y Operaciones Aéreas.
- Artículo 19. La Unidad Militar de Emergencias.
- Artículo 20. Representaciones militares nacionales y otros órganos dependientes del Jefe de Estado Mayor.
- Artículo 21. Concepto de estructura orgánica.
- Artículo 22. El Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire.
- Artículo 23. Del Cuartel General.
- Artículo 24. Del Estado Mayor.
- Artículo 25. Del Gabinete del Jefe de Estado Mayor.
- Artículo 26. De los órganos de asistencia y servicios generales.
- Artículo 27. De la Fuerza.
- Artículo 28. La Fuerza del Ejército de Tierra.
- Artículo 29. La Fuerza de la Armada.
- Artículo 30. La Fuerza del Ejército del Aire.
- Artículo 31. Del Apoyo a la Fuerza.
- Artículo 32. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito de los recursos humanos.
- Artículo 33. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito de los recursos materiales.
- Artículo 34. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito de los recursos financieros.
- Disposición adicional primera. Clasificación del Centro de Inteligencia de las Fuerzas Armadas.
- Disposición adicional segunda. Del Comandante General de la Infantería de Marina.
- Disposición adicional tercera. No incremento del gasto público ni de plantilla.
- Disposición transitoria única. Subsistencia de unidades.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (7)
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 872/2014?
- Real Decreto 872/2014 está derogada desde el 2020-05-22: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 872/2014?
- El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 872/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.