Artículo 33. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito de los recursos materiales.
Artículo 33 del Real Decreto 872/2014, de 10 de octubre, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2014-10520
Atención: Real Decreto 872/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los órganos del Apoyo a la Fuerza del Ejército de Tierra, en el ámbito de los recursos materiales, son:
a) El Mando de Apoyo Logístico, responsable del material y del apoyo logístico, incluyendo su sostenimiento específico y la correspondiente ingeniería de apoyo.
b) La Inspección General del Ejército de Tierra, responsable en materias relacionadas con las infraestructuras y aquellas otras que se determinen relacionadas con la vida y funcionamiento de las unidades.
2. El órgano del Apoyo a la Fuerza de la Armada, en el ámbito de los recursos materiales, es la Jefatura de Apoyo Logístico.
3. El órgano del Apoyo a la Fuerza del Ejército del Aire, en el ámbito de los recursos materiales, es el Mando de Apoyo Logístico.