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Real Decreto Derogada

Artículo 33. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito de los recursos materiales.

Artículo 33 del Real Decreto 872/2014, de 10 de octubre, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2014-10520

Atención: Real Decreto 872/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los órganos del Apoyo a la Fuerza del Ejército de Tierra, en el ámbito de los recursos materiales, son:

a) El Mando de Apoyo Logístico, responsable del material y del apoyo logístico, incluyendo su sostenimiento específico y la correspondiente ingeniería de apoyo.

b) La Inspección General del Ejército de Tierra, responsable en materias relacionadas con las infraestructuras y aquellas otras que se determinen relacionadas con la vida y funcionamiento de las unidades.

2. El órgano del Apoyo a la Fuerza de la Armada, en el ámbito de los recursos materiales, es la Jefatura de Apoyo Logístico.

3. El órgano del Apoyo a la Fuerza del Ejército del Aire, en el ámbito de los recursos materiales, es el Mando de Apoyo Logístico.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-10-18.

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