Disposición adicional primera. Clasificación del Centro de Inteligencia de las Fuerzas Armadas.
Disposición adicional primera del Real Decreto 872/2014, de 10 de octubre, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2014-10520
Atención: Real Decreto 872/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los cometidos específicos y la estructura del Centro de Inteligencia de las Fuerzas Armadas se declaran «materia clasificada» en la categoría de «secreto», con arreglo a la Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre Secretos Oficiales, y serán establecidos por el Ministro de Defensa.