Real Decreto 2487/1994, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto regulador de las actividades de distribución al por mayor y de distribución al por menor mediante suministros directos a instalaciones fijas, de carburantes y combustibles petrolíferos.
BOE-A-1995-1741 · Boletín Oficial del Estado, 1995-01-21 · Ministerio de Industria y Energía
Real Decreto 2487/1994 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 2487/1994
- Fecha de la disposición
- 1994-12-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 18, 1995-01-21
- Entrada en vigor
- 1995-01-22
- Departamento
- Ministerio de Industria y Energía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 41
- Identificador BOE
- BOE-A-1995-1741
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 34/1992, de 22 de diciembre, de Ordenación del Sector Petrolero, establece en su disposición final primera que el Gobierno procederá al desarrollo reglamentario de los artículos 6 y 7 de la Ley, promulgando el Estatuto regulador de las actividades a que los mismos se refieren. A dicha reglamentación corresponde establecer el procedimiento para la comprobación y la forma de acreditación del cumplimiento de las condiciones legalmente exigibles para el ejercicio de la actividad, en el caso de la autorización para la distribución al por mayor del artículo 6, y concretar además, en el caso de la autorTzación para la distribución al por menor mediante suministros directos a instalaciones fijas del artículo 7, los requisitos exigibles, de entre los establecidos en el artículo 6, para su obtención.
Índice del articulado
- Artículo único. Objeto.
- Disposición adicional primera. Desarrollo de la disposición adicional quinta de la Ley 34/1992, de 22 de diciembre.
- Disposición adicional segunda. Existencias mínimas de seguridad en consumidores finales.
- Disposición adicional tercera. Distribución de queroseno de aviación.
- Disposición adicional cuarta. Operadores autorizados.
- Disposición transitoria única. Solicitudes anteriores.
- Disposición derogatoria única. Alcance de la derogación normativa.
- Disposición final primera. Carácter básico.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Ambito de aplicación y definiciones.
- Artículo 2. Registro de Operadores y Registro de Distribuidores.
- Artículo 3. Obligaciones generales de los operadores.
- Artículo 4. Garantía de suministro por los operadores.
- Artículo 5. Prohibición de reventa por consumidores y usuarios finales.
- Artículo 6. Modalidades de reparto.
- Artículo 7. Ambito geográfico y funcional de la autorización del distribuidor.
- Artículo 8. Procedimiento.
- CAPÍTULO I
- Artículo 9. Operador al por mayor.
- Artículo 10. Capacidad técnica y financiera suficientes.
- Artículo 11. Seguridad de los suministros.
- Artículo 12. Medios de recepción, almacenamiento y transporte.
- Artículo 13. Existencias mínimas de seguridad.
- CAPÍTULO II
- Artículo 14. Comunicación
- Artículo 14 bis. Inhabilitación para ejercer la actividad de operador.
- Artículo 15. Resolución de autorización.
- Artículo 16. Duración y prórroga de la autorización.
- Artículo 17. Extinción de la autorización.
- Artículo 18. Condiciones generales.
- Artículo 19. Seguridad de los suministros.
- Artículo 20. Medios de almacenamiento para el desarrollo de la actividad.
- Artículo 21. Existencias mínimas de seguridad.
- Artículo 22. Capacidad financiera suficiente.
- Artículo 23. Solicitud de la autorización.
- Artículo 24. Acreditación de condiciones y autorización.
- Artículo 25. Mantenimiento de las condiciones exigidas y pérdida de la autorización.
- Artículo 26. Adecuación de las instalaciones receptoras.
- Artículo 27. Obligaciones de información.
- Artículo 28. Obligaciones de colaboración.
- Artículo 29. Régimen de infracciones y sanciones. Organos competentes.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (9)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 2487/1994?
- Real Decreto 2487/1994 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 2487/1994?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 2487/1994?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.