Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
BOE-A-2007-19326 · Boletín Oficial del Estado, 2007-11-08 · Ministerio de Educación y Ciencia
Real Decreto 1363/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1363/2007
- Fecha de la disposición
- 2007-10-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 268, 2007-11-08
- Entrada en vigor
- 2007-11-09
- Departamento
- Ministerio de Educación y Ciencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 79
- Identificador BOE
- BOE-A-2007-19326
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, encomendó al Gobierno la regulación de las enseñanzas de los técnicos deportivos según las exigencias marcadas por los distintos niveles educativos. En cumplimiento de dicho mandato se dictó el Real Decreto 594/1994, de 8 de abril, sobre enseñanzas y títulos de los técnicos deportivos. La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, posibilitó en su artículo 3.4 el establecimiento de nuevas enseñanzas de régimen especial. De acuerdo con dicho precepto se dictó el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, por el que se configuran como enseñanzas de régimen especial las conducentes a la obtención de titulaciones de técnicos deportivos, se aprueban las directrices generales de los títulos y de las correspondientes enseñanzas mínimas, norma que vino a corregir las limitaciones que establecía el Real…
Índice del articulado
- Artículo 1. Finalidad.
- Artículo 2. Objetivos de las enseñanzas deportivas.
- Artículo 3. Principios de las enseñanzas deportivas.
- Artículo 4. Estructura de las enseñanzas deportivas.
- Artículo 5. Organización básica de las enseñanzas deportivas.
- Artículo 6. Perfil profesional.
- Artículo 7. Duración de los ciclos de enseñanza deportiva.
- Artículo 8. Los módulos de enseñanza deportiva.
- Artículo 9. Contenido de los módulos de enseñanza deportiva.
- Artículo 10. Los bloques de enseñanza deportiva.
- Artículo 11. El módulo de formación práctica.
- Artículo 12. El módulo de proyecto final.
- Artículo 13. Criterios generales de la evaluación.
- Artículo 14. Expresión de los resultados de la evaluación.
- Artículo 15. Documentos de la evaluación y regulación del proceso.
- Artículo 16. Contenidos básicos de las enseñanzas mínimas.
- Artículo 17. Orientación metodológica para el desarrollo del currículo.
- Artículo 18. Proyectos educativos de los centros.
- Artículo 19. Contenido de los títulos.
- Artículo 20. Catálogo de títulos de las enseñanzas deportivas.
- Artículo 21. Denominación de los títulos.
- Artículo 22. Obtención y efectos de los títulos y certificado.
- Artículo 23. Registro de los títulos.
- Artículo 24. Tipos de oferta.
- Artículo 25. Ofertas específicas.
- Artículo 26. Formación a distancia.
- Artículo 27. Evaluación de la formación a distancia.
- Artículo 28. Condiciones de los centros para impartir formación a distancia.
- Artículo 29. Requisitos generales para acceso y promoción.
- Artículo 30. Requisitos de acceso de carácter específico.
- Artículo 31. Acceso sin los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller.
- Artículo 32. Validez de la prueba de acceso y de los requisitos de carácter específico.
- Artículo 33. Acceso de los deportistas de alto rendimiento a las enseñanzas deportivas.
- Artículo 34. Criterios de admisión.
- Artículo 35. Matrícula en los ciclos de las enseñanzas deportivas.
- Artículo 36. Correspondencias con la experiencia deportiva.
- Artículo 37. Convalidación entre módulos de enseñanza deportiva con los módulos de formación profesional.
- Artículo 38. Convalidaciones entre módulos de enseñanza deportiva de grado superior y las enseñanzas universitarias.
- Artículo 39. Exención del módulo de formación práctica.
- Artículo 40. Convalidación de módulos de enseñanza deportiva por la acreditación de unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
- Artículo 41. Validez de los módulos de enseñanza deportiva del bloque común.
- Artículo 42. Convalidación entre módulos de enseñanza deportiva del bloque específico.
- Artículo 43. Convalidaciones de módulos de enseñanza deportiva de grado medio con materias de bachillerato.
- Artículo 44. Procedimientos para acordar correspondencias, convalidaciones y exenciones.
- Artículo 45. Centros públicos y privados.
- Artículo 46. Autorización de formaciones llevadas a cabo fuera del ámbito territorial de gestión directa de una Comunidad Autónoma.
- Artículo 47. Red de centros de una misma titularidad.
- Artículo 48. Ratios de alumnos-unidad escolar y alumnos/profesor.
- Artículo 49. Requisitos de titulación del profesorado.
- Artículo 50. Profesorado de los centros públicos de la administración educativa.
- Artículo 51. Profesor especialista.
- Disposición adicional primera. Firma de convenios para promover centros con las Federaciones deportivas.
- Disposición adicional segunda. Agrupación de modalidades deportivas.
- Disposición adicional tercera. Acceso a las enseñanzas de personas que acrediten discapacidades.
- Disposición adicional cuarta. Equivalencia de los títulos establecidos con anterioridad a la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- Disposición adicional quinta. Efectos de las formaciones de entrenadores deportivos.
- Disposición adicional sexta. Efectos de las formaciones anteriores convocadas por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
- Disposición adicional séptima. Efectos de las enseñanzas anteriores, cursadas en centros docentes militares y de la guardia civil.
- Disposición adicional octava. Formaciones deportivas que no conducen a títulos oficiales.
- Disposición adicional novena. Resolución de los procedimientos regulados.
- Disposición adicional décima. Tasas y precios públicos.
- Disposición adicional undécima. Calendario escolar.
- Disposición adicional duodécima. Otras titulaciones equivalentes a efectos de acceso y tramitación de expedientes de equiparación de formaciones y enseñanzas.
- Disposición adicional decimotercera. Procedimiento de evaluación y acreditación de unidades de competencia adquiridas por la experiencia laboral y aprendizajes no formales.
- Disposición adicional decimocuarta. Cursos de especialización.
- Disposición adicional decimoquinta. Correspondencia formativa de la experiencia docente.
- Disposición adicional decimosexta. Revisión y actualización de las enseñanzas mínimas del currículo de las enseñanzas deportivas.
- Disposición transitoria primera. Efectos de las formaciones deportivas.
- Disposición transitoria segunda. Vigencia de las enseñanzas establecidas al amparo del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre.
- Disposición transitoria tercera. Vigencia de las normas de desarrollo de las enseñanzas deportivas establecidas al amparo del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre.
- Disposición transitoria cuarta. Reconocimiento, a los efectos de homologación, convalidación y equivalencia profesional, de otras formaciones anteriores de fútbol sala.
- Disposición transitoria quinta. Reconocimiento de formaciones realizadas con carácter meramente federativo.
- Disposición derogatoria primera.
- Disposición final primera. Regulación de los requisitos formales necesarios para garantizar la movilidad de los alumnos.
- Disposición final segunda. Modificación de determinados aspectos que se regulan en el Real Decreto 320/2000, de 3 de marzo.
- Disposición final tercera. Modificación de determinados aspectos que se regulan en el Real Decreto 318/2000, de 3 de marzo.
- Disposición final cuarta. Título competencial.
- Disposición final quinta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (13)
Normas a las que afecta (9)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1363/2007?
- Real Decreto 1363/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1363/2007?
- El BOE registra 13 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1363/2007?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.