Artículo 19. Contenido de los títulos.
Artículo 19 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial. · BOE-A-2007-19326
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-11-09.
Texto consolidado
El real decreto que establezca el título y las enseñanzas mínimas de cada modalidad y especialidad deportiva especificará:
a) Identificación del título: denominación, nivel, duración y referente europeo.
b) Perfil profesional de cada uno de los ciclos de enseñanza deportiva:
Competencia general: describe los roles esenciales identificados en la figura profesional en forma de funciones u objetivos dentro del sistema deportivo, y detalla los requerimientos y grados de responsabilidad y autonomía en el desempeño de las funciones correspondientes.
Competencias de ámbito profesional, personal y social propias del sistema deportivo.
Relación, en su caso, de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
c) Entorno profesional, laboral y deportivo.
d) Enseñanzas de cada uno de los ciclos conducentes al título: objetivos generales, módulos de enseñanza deportiva del bloque común, módulos de enseñanza deportiva del bloque específico, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.2 y 10.3, respectivamente.
e) Relación de módulos que pueden ofertarse a través de formación a distancia.
f) Requisitos de acceso: requisitos generales y requisitos de acceso de carácter específico o méritos deportivos.
g) Acreditación de los requisitos de carácter específico a través de la experiencia deportiva.
h) Correspondencia, en su caso, de los módulos de enseñanza deportiva y los requisitos de carácter específico con las unidades de competencia para su acreditación, y la carga lectiva que representan en relación con la duración del título.
i) Módulos de enseñanza deportiva susceptibles de reconocimiento formativo.
j) Profesorado.
k) Requisitos mínimos de espacios e instalaciones para impartir las enseñanzas.
l) Convalidaciones, exenciones, equivalencias y correspondencias.
m) Acceso a estudios universitarios desde el grado superior de enseñanzas deportivas.
n) Relación, en su caso, con certificados de profesionalidad.