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Real Decreto Vigente

Artículo 19. Contenido de los títulos.

Artículo 19 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial. · BOE-A-2007-19326

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-11-09.

Texto consolidado

El real decreto que establezca el título y las enseñanzas mínimas de cada modalidad y especialidad deportiva especificará:

a) Identificación del título: denominación, nivel, duración y referente europeo.

b) Perfil profesional de cada uno de los ciclos de enseñanza deportiva:

Competencia general: describe los roles esenciales identificados en la figura profesional en forma de funciones u objetivos dentro del sistema deportivo, y detalla los requerimientos y grados de responsabilidad y autonomía en el desempeño de las funciones correspondientes.

Competencias de ámbito profesional, personal y social propias del sistema deportivo.

Relación, en su caso, de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

c) Entorno profesional, laboral y deportivo.

d) Enseñanzas de cada uno de los ciclos conducentes al título: objetivos generales, módulos de enseñanza deportiva del bloque común, módulos de enseñanza deportiva del bloque específico, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.2 y 10.3, respectivamente.

e) Relación de módulos que pueden ofertarse a través de formación a distancia.

f) Requisitos de acceso: requisitos generales y requisitos de acceso de carácter específico o méritos deportivos.

g) Acreditación de los requisitos de carácter específico a través de la experiencia deportiva.

h) Correspondencia, en su caso, de los módulos de enseñanza deportiva y los requisitos de carácter específico con las unidades de competencia para su acreditación, y la carga lectiva que representan en relación con la duración del título.

i) Módulos de enseñanza deportiva susceptibles de reconocimiento formativo.

j) Profesorado.

k) Requisitos mínimos de espacios e instalaciones para impartir las enseñanzas.

l) Convalidaciones, exenciones, equivalencias y correspondencias.

m) Acceso a estudios universitarios desde el grado superior de enseñanzas deportivas.

n) Relación, en su caso, con certificados de profesionalidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-11-09.

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